ORDEN EDU/331/2017, de 4 de mayo, por la que se selecciona a los alumnos participantes en el programa experimental 'Campus de Profundización Científica' durante el curso escolar 2016-2017.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorCortes de Castilla y Leon
Rango de LeyOrden

El Estatuto de Autonomía de Castilla y León, establece en su artículo 73 que corresponde a la Comunidad de Castilla y León la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa estatal.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en su artículo 1.n) como uno de los principios inspiradores del sistema educativo, el fomento y la promoción de la investigación, la experimentación y la innovación educativa. Además el artículo 2. h) determina que uno de los fines que orientan el sistema educativo es la adquisición de hábitos intelectuales y técnicas de trabajo, así como de conocimientos científicos, técnicos, humanísticos, históricos y artísticos. Estos principios conforman un sistema educativo de calidad, y así, de acuerdo con la exposición de motivos de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, de mejora de la calidad educativa, solo un sistema educativo de calidad, inclusivo, integrador y exigente, garantiza la igualdad de oportunidades y hace efectiva la posibilidad de que cada alumno o alumna desarrolle el máximo de sus potencialidades.

La Consejería de Educación establece y coordina diferentes programas educativos dentro de los que encontramos el Programa «Campus de Profundización Científica» dirigido al alumnado de primero de Bachillerato en la modalidad de Ciencias o Humanidades y Ciencias Sociales con mejores resultados académicos. El objetivo del programa es fomentar el interés del alumnado por las ciencias o las humanidades y ciencias sociales desde un punto de vista práctico y experimental, en un entorno que combine los aspectos formativos con los lúdicos, al mismo tiempo que favorece la convivencia entre alumnos de distinta procedencia, y reconocer el esfuerzo individual de los alumnos que hayan obtenido un excepcional rendimiento académico.

En consecuencia, y en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 26.1f) de la Ley 3/2001, de 3 de julio del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León

RESUELVO

Primero.- Objeto.

La presente orden tiene por objeto seleccionar al alumnado participante en el Programa experimental «Campus de Profundización Científica» (en adelante el Programa), durante el curso escolar 2016-2017.

Segundo.- Modalidades.

El Programa cuenta con dos modalidades: el campus de profundización en ciencias, para alumnos que cursan estudios de Bachillerato en la modalidad de Ciencias, y el campus de profundización en humanidades y ciencias sociales, para alumnos que cursan estudios de Bachillerato en la modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales.

Tercero.- Participantes.

  1. Podrán participar en el Programa los alumnos que cursen primero de Bachillerato en la modalidad de Ciencias o de Humanidades y Ciencias Sociales, en centros docentes de la Comunidad de Castilla y León y reúnan los siguientes requisitos:

    1. Haber obtenido el título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria en la evaluación final ordinaria, en el curso 2015-2016, con una nota media igual o superior a 8.

    2. Haber obtenido en las evaluaciones realizadas en el curso 2016-2017 hasta el momento de la publicación de esta orden, una nota media igual o superior a 7,5.

  2. La nota media se expresará con dos decimales y se obtendrá sumando las calificaciones de todas las materias y dividiendo la cifra resultante entre el número de materias computadas.

  3. Para la participación en el Programa, en el supuesto que sean menores de edad, los padres o tutores legales de los alumnos seleccionados deberán prestar su consentimiento.

    Cuarto.- Finalidades del Programa.

    El Programa tiene las siguientes finalidades:

    1. La promoción de la investigación entre el alumnado, buscando un equilibrio entre las actividades y talleres de potenciación práctica del currículo de Bachillerato, en la modalidad de Ciencias o en la modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales, y las actividades lúdicas y culturales.

    2. La convivencia entre el alumnado participante, así como el intercambio de experiencias personales que favorezcan su desarrollo integral.

    3. El reconocimiento del esfuerzo individual de los alumnos que hayan obtenido un excepcional rendimiento académico.

    Quinto.- Distribución de las plazas y desarrollo del Programa.

  4. El Programa cuenta con un máximo de 80 plazas, 40 plazas para el campus de profundización en ciencias y 40 para el campus de profundización en humanidades y ciencias sociales...

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