ORDEN EDU/269/2015, de 30 de marzo, por la que se selecciona a los alumnos participantes en el Programa experimental 'Campus de Profundización Científica' durante el curso escolar 2014-2015.
Sección | IV - Otras Disposiciones y Acuerdos |
Emisor | Consejeria de Sanidad |
Rango de Ley | Orden |
El Estatuto de Autonomía de Castilla y León, establece en su artículo 73 que corresponde a la Comunidad de Castilla y León la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa estatal.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en su artículo 1.n) como uno de los principios inspiradores del sistema educativo, el fomento y la promoción de la investigación, la experimentación y la innovación educativa. Además el artículo 2. h) determina que uno de los fines que orientan el sistema educativo es la adquisición de hábitos intelectuales y técnicas de trabajo, así como de conocimientos científicos, técnicos, humanísticos, históricos y artísticos. Estos principios conforman un sistema educativo de calidad, y así, de acuerdo con la exposición de motivos de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, de mejora de la calidad educativa, solo un sistema educativo de calidad, inclusivo, integrador y exigente, garantiza la igualdad de oportunidades y hace efectiva la posibilidad de que cada alumno o alumna desarrolle el máximo de sus potencialidades.
La Consejería de Educación establece y coordina diferentes programas educativos dentro de los que encontramos el Programa Campus de Profundización Científica dirigido al alumnado de primero de bachillerato de la modalidad de ciencias y tecnología con mejores resultados académicos. El objetivo del programa es fomentar el interés del alumnado por la ciencia y el ámbito científico experimental, en un entorno que combine los aspectos formativos con los lúdicos, al mismo tiempo que favorece la convivencia entre alumnos de distinta procedencia y reconoce el esfuerzo individual de los alumnos que hayan obtenido un excepcional rendimiento en el área científica.
En consecuencia, y en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 26.1f) de la Ley 3/2001, de 3 de julio del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León
RESUELVO:
Primero.- Objeto.
La presente orden tiene por objeto seleccionar al alumnado participante en el Programa experimental «Campus de Profundización Científica», durante el curso escolar 2014/2015.
Segundo.- Participantes.
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Podrán participar en el Programa experimental «Campus de Profundización Científica» los alumnos que cursen primero de bachillerato en la modalidad de ciencias y tecnología, en centros docentes de la Comunidad de Castilla y León y reúnan los siguientes requisitos:
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Haber obtenido el título de graduado en educación secundaria obligatoria en la evaluación final ordinaria, en el curso 2013-2014, con una nota media igual o superior a 8.
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Haber obtenido en las evaluaciones realizadas en el curso 2014-2015 hasta el momento de la publicación de esta orden, una nota media igual o superior a 7,5.
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La nota media se expresará con dos decimales y se obtendrá sumando las calificaciones de todas las materias, excepto la religión, y dividiendo la cifra resultante entre el número de materias computadas.
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Para la participación en el Programa, en el supuesto que sean menores de edad, los padres o tutores de los alumnos seleccionados deberán prestar su consentimiento.
Tercero.- Finalidades del Programa experimental Campus de Profundización Científica.
El Programa experimental «Campus de Profundización Científica» (en adelante el Programa) tiene como finalidades:
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La promoción de la investigación científica entre el alumnado, buscando un equilibrio entre las actividades y talleres propiamente científicos, de potenciación práctica del currículo de bachillerato, y las actividades lúdicas y culturales.
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La convivencia entre el alumnado participante así como el intercambio de experiencias personales.
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El reconocimiento del...
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