ORDEN EDU/238/2020, de 26 de febrero, por la que se realiza la convocatoria para la selección de centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León que participarán en el «Programa de inmersión en lengua inglesa dirigido al alumnado de educación secundaria obligatoria», durante el curso escolar 2019/2020.

SecciónVI - Anuncios
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

La Unión Europea fija el fomento del plurilingüismo como un objetivo irrenunciable para la construcción de un proyecto europeo. La enseñanza y aprendizaje de las lenguas es un elemento prioritario en la política lingüística de la Unión Europea y, en consecuencia, en las políticas de los Estados miembros y sus leyes educativas.

La Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, indica en su preámbulo que el dominio de una segunda, e incluso una tercera lengua extranjera se ha convertido en una prioridad en la educación como consecuencia del proceso de globalización en que vivimos. Asimismo, establece que la ley apoya decididamente el plurilingüismo, redoblando los esfuerzos para conseguir que los estudiantes se desenvuelvan con fluidez al menos en una primera lengua extranjera, cuyo nivel de comprensión oral y lectora y de expresión oral y escrita resulta decisivo para favorecer la empleabilidad y las ambiciones profesionales.

Por lo tanto, el aprendizaje de lenguas extranjeras y el desarrollo de los perfiles plurilingüe e intercultural del alumnado son un objetivo básico de nuestro sistema educativo. En este sentido, la Consejería de Educación, en ejercicio de sus competencias en materia de educación no universitaria, desarrolla políticas y programas tendentes a garantizar la competencia comunicativa del alumnado castellano y leonés en lenguas extranjeras, promoviendo de este modo mejores oportunidades para su futuro académico y profesional.

Con este objetivo, la Administración General de la Comunidad de Castilla y León, a través de la Consejería de Educación firmó el 5 de marzo de 2018 un convenio con la Fundación Iberdrola España para la realización del Programa de Inmersión en Lengua Inglesa dirigido al alumnado de educación secundaria obligatoria de centros docentes sostenidos con fondos públicos de Castilla y León. De acuerdo con la cláusula segunda.1 b) corresponde a la Administración General de la Comunidad de Castilla y León, a través de la Consejería de Educación realizar la selección de los centros docentes que, a su vez, propondrán a los alumnos participantes en el programa, con respeto a los principios de transparencia e igualdad, compromiso para cuyo cumplimiento se realiza la presente convocatoria.

Por lo expuesto y, en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

Viernes, 6 de marzo de 2020

RESUELVO

Primero.- Objeto y finalidad.

La presente orden tiene por objeto realizar la convocatoria para la selección de los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León cuyo alumnado participará en el «Programa de Inmersión en Lengua Inglesa dirigido al alumnado de educación secundaria obligatoria» de centros docentes sostenidos con fondos públicos de Castilla y León», durante el curso escolar 2019/2020.

Segundo.- Destinatarios de la convocatoria.

Los destinatarios de esta convocatoria son los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León que impartan enseñanza secundaria obligatoria.

Tercero.- Características del programa.

  1. El «Programa de Inmersión en Lengua Inglesa dirigido al alumnado de educación secundaria obligatoria de centros docentes sostenidos con fondos públicos de Castilla y León» se desarrollará en la residencia de Iberdrola en Villarino (Salamanca), durante el verano de 2020 en dos turnos:

    1. Primer turno: Del 27 de junio al 11 de julio de 2020.

    2. Segundo turno: Del 11 al 25 de julio de 2020.

  2. Cada centro solicitante propondrá la participación en el programa de dos alumnos titulares y dos alumnos suplentes, excepto en el caso de los centros de las provincias de Valladolid y León, que propondrán tres alumnos titulares y tres alumnos suplentes.

  3. En total participarán en el programa dieciocho centros docentes sostenidos con fondos públicos, dos centros de cada provincia, y cuarenta alumnos, con la siguiente distribución provincial y por turnos:

    Provincia

    Primer turno Segundo turno Número de centros

    Número de alumnos

    Número de centros

    Número de alumnos

    Ávila

    1

    2

    1

    2

    Burgos

    1

    2

    1

    2

    León

    1

    3

    1

    3

    Palencia

    1

    2

    1

    2

    Salamanca

    1

    2

    1

    2

    Segovia

    1

    2

    1

    2

    Soria

    1

    2

    1

    2

    Valladolid

    1

    3

    1

    3

    Zamora

    1

    2

    1

    2

    Total

    9

    20

    9

    20

    Si en alguna provincia, quedasen plazas vacantes por falta de centros solicitantes éstas se cubrirán con los alumnos de aquellos centros que no habiendo sido seleccionados tuvieran más puntuación en atención a los criterios establecidos en el apartado séptimo.3, con independencia de la provincia en que se ubiquen.

  4. El programa está concebido...

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