ORDEN EDU/1345/2019, de 19 de diciembre, por la que se convocan los premios extraordinarios de formación profesional del sistema educativo de la Comunidad de Castilla y León, correspondientes al curso académico 2018-2019.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

Mediante Orden EDU/104/2018, de 1 de febrero, modificada por Orden EDU/1233/2018, de 15 de noviembre (B.O.C. y L. n.º 27 y n.º 227, de 7 de febrero y 23 de noviembre, respectivamente) se regulan los Premios Extraordinarios de Formación Profesional del sistema educativo de la Comunidad de Castilla y León.

El artículo 1.2 de la citada orden establece que estos premios serán convocados anualmente mediante orden de la consejería competente en materia de educación y el artículo 4.1 que el procedimiento de concesión se iniciará de oficio mediante convocatoria pública realizada por la citada consejería que se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León.

En atención a lo indicado en el artículo 1.4, los premios convocados por la presente orden no tienen naturaleza de subvención.

En su virtud, y en ejercicio de las atribuciones que confiere la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

RESUELVO

Primero.- Objeto.

La presente orden tiene por objeto convocar los Premios Extraordinarios de Formación Profesional del sistema educativo de la Comunidad de Castilla y León, correspondientes al curso académico 2018-2019.

Segundo.- Premios.

  1. El número de premios que se concederán por la presente convocatoria para cada uno de los niveles de ciclos de la formación profesional establecidos en el artículo 2.1 de la Orden EDU/104/2018, de 1 de febrero, por la que se regulan los Premios Extraordinarios de Formación Profesional del sistema educativo de la Comunidad de Castilla y León, serán los siguientes:

    1. Ciclos de formación profesional básica: Trece premios, uno por cada una de las familias profesionales implantadas en la Comunidad de Castilla y León.

      Martes, 7 de enero de 2020

    2. Ciclos formativos de grado medio: Veintiún premios, uno por cada una de las familias profesionales implantadas en la Comunidad de Castilla y León.

    3. Ciclos formativos de grado superior: Veintiún premios, uno por cada una de las familias profesionales implantadas en la Comunidad de Castilla y León.

  2. Los premios, que podrán declararse desiertos, consistirán en un diploma acreditativo de dicho premio que será anotado en el expediente académico del premiado.

    Tercero.- Requisitos de los aspirantes.

    Podrán optar a los Premios Extraordinarios de Formación Profesional el alumnado que reúna los siguientes requisitos:

    1. Haber cursado y superado estudios de formación profesional del sistema educativo en centros docentes, públicos o privados, de la Comunidad de Castilla y León, bien en régimen presencial o en régimen a distancia.

    2. Haber finalizado estos estudios en el año 2019.

    3. Haber obtenido como calificación final del ciclo formativo una puntuación igual o superior a 7 puntos para los ciclos de formación profesional básica y una puntuación igual o superior a 8,5 puntos para los ciclos formativos de grado medio y grado superior, en los términos establecidos en la normativa aplicable al respecto.

    Cuarto.- Solicitudes y documentación.

  3. Los alumnos y alumnas que deseen optar a los Premios Extraordinarios de Formación Profesional deberán presentar la solicitud cumplimentada conforme al documento n.º 1, disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://educa.jcyl.es).

  4. La solicitud incluirá la declaración responsable del solicitante sobre la finalización de los estudios de formación profesional y sobre la veracidad de los datos consignados en ella.

  5. Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

    1. Copia del DNI o NIE, únicamente en el caso de haber indicado en la solicitud la oposición expresa a que la Consejería de Educación consulte o recabe los datos de identidad. Cuando el...

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