ORDEN EDU/1268/2018, de 16 de noviembre, por la que se modifica la Orden EDU/1134/2017, de 18 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a financiar acciones formativas con destino a jóvenes incluidos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, orientados profesionalmente a la docencia y a la intervención en programas socioeducativos, cofinanciadas con el Programa Operativo de Empleo Juvenil. 231/2018

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

Mediante Orden EDU/1134/2017 de 18 de diciembre, (Boletín Oficial de Castilla y León n.º 247, de 28 de diciembre), se han establecido las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a financiar acciones formativas con destino a jóvenes incluidos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, orientados profesionalmente a la docencia y a la intervención en programas socioeducativos, cofinanciadas con el Programa Operativo de Empleo Juvenil.

La citada norma establece en su artículo 3 la cuantía individualizada de la ayuda sin hacer mención a las obligaciones que para la administración derivan de la efectividad de dicho pago, las cotizaciones correspondientes a la cuota empresarial de la Seguridad social, a las que la Consejería está obligada, deben incluirse como parte de la cuantía individualizada de la ayuda.

En consecuencia, de conformidad con lo establecido en los artículos 9.2 y 17 f) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en los artículos 6.2.b) y 7.1 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de Castilla y León, y en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001 , del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO

Modificación de la Orden EDU/1134/2017, de 18 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a financiar acciones formativas con destino a jóvenes incluidos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, orientados profesionalmente a la docencia y a la intervención en programas socioeducativos, cofinanciadas con el Programa Operativo de Empleo Juvenil.

El apartado 2 del artículo 3 queda redactado de la forma siguiente:

2. La cuantía individualizada de la ayuda estará formada por el importe de la ayuda a percibir por el beneficiario más la cuota patronal de la Seguridad Social.

El importe de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR