ORDEN EDU/1156/2014, de 19 de diciembre, por la que se efectúa la convocatoria para la concesión del reconocimiento '¡Leo Tic!' a centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, en el curso 2014/2015.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyOrden

La lectura y las tecnologías de la información y de la comunicación forman parte de nuestra cotidianeidad personal y también de nuestra práctica educativa. Los centros docentes tienen como propósito formar lectores y escritores que se adecuen a las demandas sociales, por lo que la inclusión de las tecnologías de la información y de la comunicación en este ámbito debe ser algo ineludible.

La Consejería de Educación, para dar respuesta a esta situación, considera fundamental desarrollar tanto la competencia en comunicación lingüística como la competencia digital de nuestro alumnado. Por ello, el objetivo principal del Plan de Lectura de la Comunidad de Castilla y León es «fomentar el hábito lector en los escolares de nuestra Comunidad y desarrollar su capacidad de comprensión lectora utilizando diferentes soportes y tipologías textuales, así como su escritura y comunicación oral, para favorecer la adquisición de una alfabetización mediática e informacional propia de esta nueva sociedad de conocimiento».

La Consejería de Educación, en este contexto, quiere destacar la labor de aquellos centros docentes que promueven el desarrollo de la competencia en comunicación lingüística a través de las nuevas tecnologías, otorgándoles el reconocimiento «¡leo TIC!».

La Orden EDU/1044/2014, de 2 de diciembre, por la que se crea el reconocimiento «¡leo TIC!» en la Comunidad de Castilla y León, establece en su artículo 4, que corresponde a la consejería competente en materia de educación efectuar la convocatoria anual, mediante orden, para la concesión de este reconocimiento.

En consecuencia, y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, previo dictamen del Consejo Escolar de Castilla y León

RESUELVO

Primero.- Objeto.

  1. La presente orden tiene por objeto efectuar la convocatoria para la concesión del reconocimiento «¡leo TIC!» a centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, en el curso 2014/2015.

  2. Este reconocimiento tiene como finalidad incentivar el desarrollo de la competencia en comunicación lingüística a través de las nuevas tecnologías en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León.

  3. Un centro distinguido con el reconocimiento «¡leo TIC!» es aquel que promueve la integración de las tecnologías de la información y de la comunicación (en adelante TIC) en la enseñanza de la lectura y la escritura, de modo que la apertura a las fuentes digitales se convierte en una herramienta de aprendizaje que impulsa la motivación de los estudiantes hacia la lectura.

    Segundo.- Destinatarios.

  4. Podrán ser destinatarios del reconocimiento «¡leo TIC!» los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León que cumplan los siguientes requisitos:

    1. Disponer de un plan de lectura elaborado conforme a lo dispuesto en el artículo 4 de la Orden EDU/747/2014, de 22 de agosto, por la que se regula la elaboración y ejecución de los planes de lectura de los centros docentes de la Comunidad de Castilla y León.

    2. Disponer de la certificación en la aplicación de las TIC en los niveles 4 ó 5.

  5. La participación de los centros requerirá informar previamente al claustro de profesores y al consejo escolar del centro.

    Tercero.- Distribución de los reconocimientos.

  6. Se concederán como máximo veinte reconocimientos «¡leo TIC!» que se asignarán, de acuerdo con el número de centros docentes que imparten enseñanzas en las nueve provincias de la Comunidad de Castilla y León, durante el curso 2014/15, con la siguiente distribución: Ávila 2; Burgos 3; León 3; Palencia 1; Salamanca 3; Segovia 1; Soria 1; Valladolid 4; Zamora 2.

  7. Si en alguna provincia quedase vacante alguno de los reconocimientos que tiene asignados, se otorgarán a aquellos centros que hayan obtenido las mayores puntuaciones de acuerdo con los criterios de valoración del apartado noveno de esta orden, con independencia de la provincia de la que se trate.

    Cuarto.- Distinciones.

    Los centros docentes que reciban el reconocimiento «¡leo TIC!» obtendrán las siguientes...

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