ORDEN EDU/1020/2016, de 30 de noviembre, por la que se modifica la Orden EDU/1057/2014, de 4 de diciembre, por la que se regulan las modalidades, convocatoria, reconocimiento, certificación y registro de las actividades de formación permanente del profesorado de enseñanzas no universitarias que presta sus servicios en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad de Castilla y León organizadas por la red de formación y se establecen las condiciones de reconocimiento de las actividades de formación organizadas por otras entidades.
Fecha de Entrada en Vigor | 12 de Febrero de 2017 |
Sección | II - Disposiciones Generales |
Emisor | Consejeria de Educacion |
Rango de Ley | Orden |
Mediante Orden EDU/1057/2014, de 4 de diciembre, se regulan las modalidades, convocatoria, reconocimiento, certificación y registro de las actividades de formación permanente del profesorado de enseñanzas no universitarias que presta sus servicios en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad de Castilla y León organizadas por la Red de formación y se establecen las condiciones de reconocimiento de las actividades de formación organizadas por otras entidades. Con el objeto de precisar con más claridad el reconocimiento de horas y certificación de créditos de las actividades formativas en circunstancias excepcionales, se procede a modificar la mencionada orden.
En su virtud, de conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,
DISPONGO
Modificación de la Orden EDU/1057/2014, de 4 de diciembre, por la que se regulan las modalidades, convocatoria, reconocimiento, certificación y registro de las actividades de formación permanente del profesorado de enseñanzas no universitarias que presta sus servicios en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad de Castilla y León organizadas por la Red de formación y se establecen las condiciones de reconocimiento de las actividades de formación organizadas por otras entidades.
La Orden EDU/1057/2014, de 4 de diciembre, por la que se regulan las modalidades, convocatoria, reconocimiento, certificación y registro de las actividades de formación permanente del profesorado de enseñanzas no universitarias que presta sus servicios en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad de Castilla y León organizadas por la Red de formación y se establecen las condiciones de reconocimiento de las actividades de formación organizadas por otras entidades, se modifica en los siguientes términos:
Uno. Se añade un punto d) en el apartado 2 del artículo 9:
d) En caso de que un mismo asistente participe simultáneamente en varias actividades a distancia, si la coincidencia en el tiempo de las mismas es superior a veinticinco
horas semanales, sólo se le podrá reconocer una de las actividades, a los efectos previstos en el artículo 5. El asistente deberá indicar la actividad formativa a distancia que prefiere que sea reconocida, certificada e inscrita en el Registro de Formación...
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