ORDEN CYT/44/2017, de 13 de enero, por la que se modifica la Orden CYT/284/2014, de 14 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la realización de actividades de formación en Centros de Tecnificación Deportiva.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Cultura y Turismo
Rango de LeyOrden

Por la Orden CYT/284/2014, de 14 de abril, publicada en el «Boletín Oficial de Castilla y León», n.º 81, de 30 de abril de 2014, se establecieron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de actividades de formación en Centros de Tecnificación Deportiva.

La experiencia en la gestión de las subvenciones convocadas al amparo de las citadas bases determina la necesidad de introducir mejoras en las mismas.

Por una parte, se ha considerado necesario realizar una adecuación terminológica acorde al objeto de la subvención.

Por último, es necesario adaptar las bases reguladoras a la reciente entrada en vigor de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas que incide claramente en la administración electrónica y por lo tanto en las relaciones de los ciudadanos con la Administración.

En virtud de lo anterior y, de conformidad con lo establecido en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Reglamento que la desarrolla, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio y, al amparo de las atribuciones conferidas por el artículo 26 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León

DISPONGO

Artículo único Modificación de la Orden CYT/284/2014, de 14 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de actividades de formación de deportistas en Centros de Tecnificación Deportiva.

La Orden CYT/284/2014, de 14 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de actividades de formación de deportistas en Centros de Tecnificación Deportiva se modifica en los términos que se establecen a continuación.

Primero. El artículo 5 queda redactado de la forma siguiente:

Artículo 5. Cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

1. La presentación de la solicitud de subvención de acuerdo con el modelo normalizado que se prevea en la correspondiente convocatoria, conllevará la autorización del solicitante

para que la Consejería de Cultura y Turismo obtenga de forma directa la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, a través de certificados telemáticos.

No obstante, a través del apartado correspondiente de la solicitud de la subvención, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar, de conformidad con el artículo 6 del Decreto 27/2008, de 3 de abril, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en...

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