ORDEN CYT/294/2015, de 27 de marzo, por la que se convocan los premios a la excelencia deportiva para deportistas y entrenadores de la Comunidad de Castilla y León.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyOrden

El artículo 70.1.33.º del Estatuto de Autonomía de Castilla y León establece la competencia exclusiva de la Comunidad de Castilla y León en materia de promoción de la educación física, del deporte y del ocio.

La Ley 2/2003, de 28 de marzo, del Deporte de Castilla y León, recoge en su Título III, Capítulo V, la competencia de la Comunidad para promover y apoyar el deporte de alto nivel, en coordinación con la Administración General del Estado. Dentro del apoyo al deporte de alto nivel, se prestará especial atención a diferentes colectivos, entre los que están los discapacitados físicos, psíquicos y sensoriales.

El Decreto 51/2005, de 30 de junio, sobre la actividad deportiva, recoge en el Título III las características del deporte de alto nivel, reconociendo a la Administración Regional la capacidad de suscribir convenios para conseguir el apoyo a los deportistas de alto nivel.

Por Orden CYT/133/2015, de 17 de febrero de 2015 se crean los premios a la excelencia deportiva para deportistas y entrenadores de la Comunidad de Castilla y León.

La creación de estos premios supone un reconocimiento social al trabajo, individual o colectivo, que los deportistas y entrenadores realizan por la obtención de resultados deportivos.

Estos premios pretenden motivar y promover la presencia de los deportistas y entrenadores castellanos y leoneses en competiciones nacionales e internacionales. Pretenden ser un vehículo de estímulo para que sigan esforzándose y así conseguir nuevos éxitos deportivos.

En su virtud, conforme lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de Castilla y León y teniendo en cuenta la propuesta del Director General de Deportes

RESUELVO:

Primero.- Objeto.

La presente orden tiene por objeto convocar los «Premios a la excelencia deportiva para deportistas y entrenadores de la Comunidad de Castilla y León», (en adelante Premios), con el fin de elevar con carácter general su nivel técnico, contribuir a la

progresión del rendimiento deportivo, así como a la consolidación del deporte de alto nivel y de competición nacional e internacional.

Segundo.- Dotación presupuestaria.

  1. - La cuantía destinada a estos premios será de trescientos ochenta mil euros (380.000 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 10.04.336A01.4802C.0 de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2015.

  2. - La cuantía de los premios estará sujeta a la retención fiscal que corresponda de acuerdo con la legislación vigente.

    Tercero.- Categorías y Modalidades de los premios.

  3. Las categorías de los premios son:

    1. Premios a deportistas de categoría Sénior y a entrenadores de deportistas de categoría Sénior.

    2. Premios a deportistas de categoría Inferior a Sénior y a entrenadores de deportistas de categoría Inferior a Sénior.

  4. Dentro de cada categoría existirán las siguientes modalidades:

    1. Premios a deportistas y a entrenadores de deportistas en pruebas olímpicas y paralímpicas.

    2. Premios a deportistas y a entrenadores de deportistas en pruebas no olímpicas y no paralímpicas.

    Cuarto.- Requisitos de los candidatos.

  5. Requisitos de los deportistas:

    Podrán optar a los premios, los deportistas que reúnan los siguientes requisitos:

    1. Tener como mínimo 16 años a 31 de diciembre del año en que obtuvo los resultados por los que se le propone.

    2. Estar empadronados en un municipio de la Comunidad de Castilla y León, en el momento en que obtuvo los resultados por los que se le propone y al menos con seis meses de antelación a la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

    3. Tener licencia de una Federación Deportiva de Castilla y León en el momento en que obtuvo los resultados por los que se le propone y al menos con seis meses de antelación a la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

    4. No estar sancionado por resolución firme por infracción a la Ley Orgánica 3/2013, de 20 de junio, de protección de la salud del deportista y lucha contra el dopaje en la actividad deportiva o a la Ley 2/2003, de 28 de marzo, del Deporte de Castilla y León, entre el 6 de noviembre de 2013 y el 31 de diciembre de 2014.

    5. Ser propuesto por la correspondiente Federación Deportiva de Castilla y León o por alguno de los miembros del Jurado, de conformidad con lo previsto en la presente orden.

  6. Requisitos de los entrenadores:

    Podrán optar a los premios, los entrenadores que reúnan los siguientes requisitos:

    1. Tener como mínimo 18 años a 31 de diciembre del año en que se hayan obtenido los resultados por los que se le propone.

    2. Estar empadronados en un municipio de la Comunidad de Castilla y León, en el momento en que los deportistas a los que entrena obtuvieran los resultados por los que se le propone y al menos con seis meses de antelación a la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

    3. Estar en posesión de licencia de una Federación Deportiva de Castilla y León en el momento en el que el deportista al que entrene haya cumplido los requisitos que le permiten optar a estos premios y al menos con seis meses de antelación a la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

    4. Ser el primer entrenador del deportista, equipo de club o selección de la correspondiente Federación Deportiva Española o de Federación Deportiva de Castilla y León en el momento en que obtengan el resultado por el que opta a estos premios y haberlo sido durante los seis meses anteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria.

    5. No estar sancionado por resolución firme por infracción a la Ley Orgánica 3/2013, de 20 de junio, de protección de la salud del deportista y lucha contra el dopaje en la actividad deportiva o a la Ley 2/2003, de 28 de marzo, del Deporte de Castilla y León, entre el 6 de noviembre de 2013 y el 31 de diciembre de 2014.

    6. Ser propuesto por la correspondiente Federación Deportiva de Castilla y León o por alguno de los miembros del Jurado, de conformidad con lo previsto en esta orden.

    7. Ser propuesto por los resultados de los deportistas, equipos de clubes o selecciones de las Federaciones Deportivas de Castilla y León o de las Federaciones Deportivas Españolas obtenidos entre el 6 de noviembre de 2013 y el 31 de diciembre de 2014.

    Quinto.- Premios.

  7. Los premios a la excelencia deportiva, estarán dotados económicamente:

    - En la categoría sénior con una cuantía máxima de cinco mil euros (5.000 €).

    - En la categoría inferior a sénior, con una cuantía máxima de cuatro mil euros (4.000 €).

  8. Si un deportista o entrenador optan a varios premios, sólo se les podrá conceder el premio de mayor importe, a estos efectos el deportista de categoría inferior a sénior que

    obtenga resultados en categoría sénior se le considerará sénior cuando esto suponga la obtención de un premio de cuantía más elevada.

  9. Si un entrenador opta a varios premios, sólo se le podrá conceder un único premio, consistente en un máximo del 30% del premio de mayor cuantía que corresponde al deportista premiado.

    Sexto.- Presentación de Candidaturas.

  10. Solicitudes. Las solicitudes que cumplimentarán las Federaciones Deportivas de Castilla y León o los miembros del Jurado, se formalizarán cumplimentando el modelo de solicitud que estará disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, accesible a través de la dirección electrónica https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es, y se dirigirán al titular de la Consejería de Cultura y Turismo, Dirección General de Deportes.

  11. Lugar de presentación. Las candidaturas podrán presentarse:

    1. En las Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano de la Junta de Castilla y León o en los lugares relacionados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    2. De forma electrónica, conforme establece el Decreto 7/2013, de 14 de febrero, de utilización de medios electrónicos en la Administración de la Comunidad de Castilla y León, a través del Registro electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

    Para la presentación electrónica los interesados deberán disponer de DNI electrónico (DNIe), o de un certificado digital de clase 2CA de firma electrónica emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, así como de aquellos otros certificados electrónicos que hayan sido previamente reconocidos por esta Administración y sean compatibles con los diferentes elementos habilitantes y plataformas tecnológicas corporativas.

    Las entidades prestadoras del servicio al que se refiere el apartado anterior reconocidas por la Junta de Castilla y León, figuran en una relación actualizada publicada en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León: https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es.

  12. Plazo de presentación. El plazo para la presentación de las solicitudes será de quince días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

  13. Documentación. Las solicitudes se acompañarán de la documentación que se indica a continuación:

    1. Formulario de datos personales y deportivos del deportista propuesto para los premios a la excelencia deportiva, conforme al formulario que estará disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, accesible a través de la dirección electrónica https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es.

    2. Formulario de datos personales y deportivos del entrenador propuesto para el premio, conforme al formulario que estará disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, accesible a través de la dirección electrónica https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es.

    3. Copia del documento nacional de identidad del deportista o entrenador propuesto, salvo autorización a la...

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