ORDEN CYT/1130/2016, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Orden CYT/435/2016, de 10 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a financiar la creación de empresas y la innovación en el sector de la enseñanza del español para extranjeros.
Sección | II - Disposiciones Generales |
Emisor | Consejeria de Cultura y Turismo |
Rango de Ley | Orden |
Por Orden CYT/435/2016, de 10 de mayo, publicada en el «Boletín Oficial de Castilla y León», n.º 101, de 27 de mayo, se establecieron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a financiar la creación de empresas y la innovación en el sector de la enseñanza del español para extranjeros.
Teniendo en cuenta el esfuerzo inversor que tienen que realizar los beneficiarios y las actuales dificultades para acceder a la financiación privada, así como las limitaciones del sector y de las empresas relacionadas con el mismo, se ha estimado oportuno introducir diversas modificaciones que afectan tanto al ámbito de beneficiarios, como en el porcentaje y en el límite de la cuantía de la subvención, así como en la baremación, para ajustarlas a las posibilidades reales de los agentes implicados en la enseñanza del español para extranjeros en Castilla y León.
Por otro lado, la entrada en vigor de la nueva Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, supone la obligación para los sujetos incluidos en su artículo 14.2 de relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo.
Por su parte, el apartado 3 de este artículo prevé que reglamentariamente, las Administraciones podrán establecer la obligación de relacionarse con ellas a través de medios electrónicos para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios. Así, de conformidad con dicho precepto y con lo que establece el artículo 44.3 de la Ley 2/2010, de 11 de marzo, de Derechos de los Ciudadanos en sus relaciones con la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de Gestión Pública y el artículo 26 del Decreto 7/2013, de 14 de febrero, de utilización de medios electrónicos en la Administración de la Comunidad de Castilla y León, se establece la obligatoriedad de que todas las comunicaciones previstas en las presentes bases reguladoras se realicen a través de medios electrónicos.
En virtud de lo anterior y de conformidad con lo establecido en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Reglamento que la desarrolla, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y en atención a las atribuciones conferidas por
el artículo 26 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,
DISPONGO
Se modifica la Orden CYT/435/2016, de 10 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a financiar la creación de empresas y la innovación en el sector de la enseñanza del español para extranjeros, en los siguientes términos:
Uno. El artículo 1 queda redactado de la siguiente forma:
«Artículo 1. Objeto.
Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a financiar la creación de empresas dedicadas a la enseñanza del español para extranjeros en la Comunidad de Castilla y León y a financiar medidas de innovación en las empresas cuya actividad económica, productos o servicios esté relacionada con la enseñanza del español para extranjeros y...
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