Orden SAN/143/2004, de 9 de febrero, por la que se anuncia convocatoria pública para cubrir mediante el sistema de libre designación los puestos de trabajo que se citan.

SecciónIII - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Sanidad
Rango de LeyOrden

ORDEN SAN/143/2004, de 9 de febrero, por la que se anuncia convo catoria pública para cubrir mediante el sistema de libre designación los puestos de trabajo que se citan.

El artículo 25.1.b) del Texto Refundido de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, aprobado por Decreto Legislativo 1/1990, de 25 de octubre, regula los procedimientos para la provisión de puestos de trabajo, estableciendo entre ellos el de libre designación con convocatoria pública en el 'Boletín Oficial de Castilla y León', procedimiento desarrollado en el artículo 61 del Decreto 67/1999, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso y de Provisión de Puestos de Trabajo de los funcionarios de la Administración de laComunidad de Castilla y León.

Por su parte, el Decreto 49/2002, de 27 de marzo, por el que se modifica la Relación de Puestos de Trabajo del personal funcionario de la Consejería de Sanidad, determinan aquellos que pueden ser cubiertos por el mencionado procedimiento, así como los requisitos exigidos para su desempeño.

En consecuencia, esta Consejería ha resuelto anunciar la provisión por el sistema de libre designación entre funcionarios de los puestos que se indican en el Anexo de esta Orden, con arreglo a las siguientes

BASES:

Primera. Los funcionarios interesados formularán su solicitud en el modelo de instancia aprobado por Orden de 9 de marzo de 1987, de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial ('B.O.C. y L.' de 18 de marzo).

S eg u n d a . Las solicitudes podrán pre s e n t a rse dentro del plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden, en la Consejería de Sanidad, Paseo de Zorrilla, n.º 1 de Valladolid, o de acuerdo con lo previsto en el Art. 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Te rc e ra. Los aspirantes acompañarán a la solicitud 'curr í c u l u m vitae' en el que figuren las titulaciones académicas, puestos de trabajo desempeñados en las Administraciones Públicas y otros méritos. Se considerarán como méritos la formación y/o experiencia en el desempeño de puestos de idéntico o similar contenido funcional.

C u a rta. Los puestos convocados podrán ser decl a rados desiert o s .

Quinta. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo...

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