ORDEN AYG/820/2017, de 20 de septiembre, por la que se modifica la Orden AYG/361/2015, de 20 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras de la aportación económica del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León a las actividades promovidas por los Consejos Reguladores y Órganos de Gestión de DOP e IGP y demás Asociaciones Sectoriales para el desarrollo de programas voluntarios de fomento y divulgación de la calidad alimentaria, para el período 2015-2020.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorPresidencia
Rango de LeyOrden

Mediante Orden AYG/361/2015, de 20 de abril, se aprueban las bases reguladoras de la aportación económica del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León, a las actividades promovidas por los Consejos Reguladores y Órganos de Gestión de DOP e IGP y demás Asociaciones Sectoriales para el desarrollo de programas voluntarios de fomento y divulgación de la calidad alimentaria, para el período 2015-2020.

La gestión de las convocatorias que han sido resueltas sobre dichas bases ha permitido valorar que se cumplen de forma más efectiva los objetivos que se pretenden conseguir con estas ayudas si se modifican algunas de las imposiciones reguladoras de estas subvenciones.

Estos requerimientos se refieren, en primer lugar, a los requisitos y obligaciones que han de cumplir las entidades beneficiarias (artículo 3). En próximas convocatorias dichas entidades deberán tener aprobados los presupuestos que se correspondan con el ámbito temporal de la convocatoria que no siempre será anual, periodicidad que también será exigida a las cuentas anuales.

A estas modificaciones hay que sumar dos cambios procedimentales, el primero, referido a la forma de presentación de las solicitudes de ayuda, motivado por la entrada en vigor de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que convierte la tramitación electrónica en la forma habitual de gestión administrativa, imponiendo a entidades como las que son beneficiarias de estas ayudas, la obligación de relacionarse con la Administración de forma electrónica exclusivamente. El segundo cambio, de carácter organizativo, contribuirá a agilizar el procedimiento de resolución de las aportaciones económicas.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en los artículos 9.2 y 17 de la Ley 38/2003, de 17 de septiembre, General de Subvenciones y en los artículos 6 y 7.1 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, y en el ejercicio de las atribuciones conferidas en la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO

Artículo único

Modificación de la Orden AYG/361/2015, de 20 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras de la aportación económica del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León, a las actividades promovidas por los Consejos Reguladores y Órganos de Gestión de DOP e IGP y demás Asociaciones Sectoriales para el desarrollo de programas voluntarios de fomento y divulgación de la calidad alimentaria, para el período 2015-2020...

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