ORDEN AYG/115/2015, de 19 de febrero, por la que se modifica la Orden AYG/1099/2003, de 28 de agosto, por la que se desarrolla la estructura orgánica de los servicios centrales de la Consejería de Agricultura y Ganadería.
Sección | II - Disposiciones Generales |
Emisor | Consejeria de Hacienda |
Rango de Ley | Orden |
Mediante Orden AYG/1099/2003, de 28 de agosto, se establece la estructura de las unidades administrativas en las que se organizan los servicios centrales de la Consejería de Agricultura y Ganadería.
El Decreto 86/2006, de 7 de diciembre, designa a la Consejería de Agricultura y Ganadería para actuar como Organismo Pagador de los gastos financiados por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), que correspondan a actuaciones cuyas competencias de resolución y pago sean de la Comunidad de Castilla y León.
En dicha designación para actuar como Organismo Pagador se incorporó la gestión de los gastos del Fondo Agrícola FEADER. Tal incorporación exige adaptar la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura y Ganadería al cumplimiento de los criterios de autorización establecidos en el Anexo I del Reglamento (CE) n.º 885/2006 de la Comisión, de 21 de junio, que se reiteran en el Anexo I del nuevo Reglamento Delegado (UE) n.º 907/2014, de la Comisión, de 11 de marzo, y que sustituye al anteriormente citado. La modificación afecta a la función de ejecución de los pagos que tiene asignada la Secretaría Técnica del Organismo Pagador, a la función de contabilidad de los pagos que tiene asignada el Servicio de Asuntos Económicos y a la función de auditoría interna asignada al Servicio de Control Interno.
A su vez, el Organismo de Certificación, la Intervención General de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en los Informes de Resultados emitidos que acompañan a la certificación de las cuentas anuales de los gastos imputados al FEAGA y FEADER, remitidas a la Comisión Europea, ha puesto de manifiesto desde el año 2010 una constatación de importancia media que afecta a los criterios de autorización de estructura organizativa y de recursos humanos.
En la constatación se indica que la Secretaria Técnica del Organismo Pagador y el Servicio de Asuntos Económicos, cuyas funciones son la ejecución y contabilidad de los pagos, mantienen la misma estructura y el mismo personal que cuando solo gestionaban pagos de FEAGA, por lo que presentan una clara necesidad de recursos humanos. Por este motivo, se incluye la recomendación de importancia media relativa a que el Organismo Pagador deberá crear, tanto en la Secretaría Técnica como...
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