ORDEN CYT/957/2011, de 7 de julio, por la que se convocan las Becas Relevo 2011.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

La Consejería de Cultura y Turismo considera un objetivo de gran importancia el apoyo al deporte de alto nivel y de competición, cuya práctica deportiva constituye sin duda un claro exponente de imitación, que conlleva por emulación un aumento de la práctica deportiva.

La concesión de becas lleva implícito un reconocimiento social al trabajo individual o en equipo y una ayuda para el desarrollo de sus programas deportivos, con el objetivo de consolidar la progresión de su rendimiento.

La Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, establece la posibilidad de que los ciudadanos puedan, al menos, iniciar procedimientos administrativos de cualquier tipo, a través de medios electrónicos. Además, la Ley 2/2010, de 11 de marzo, de Derechos de los Ciudadanos en sus relaciones con la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de Gestión Pública reconoce a los ciudadanos el derecho a relacionarse electrónicamente con la Administración Autonómica. Por ello, esta Orden recoge una serie de previsiones necesarias para hacer posible la teletramitación de la solicitud para la concesión de las Becas Relevo 2011.

En su virtud, y conforme lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de Castilla y León,

RESUELVO

Primero.- Objeto.

El objeto de la presente Orden es convocar las Becas Relevo 2011, que constan de las siguientes modalidades:

  1. Becas Relevo a deportistas, en las categorías:

    Sénior

    Júnior

  2. Becas Relevo a entrenadores, en las categorías:

    Sénior

    Júnior

    Segundo.- Dotación presupuestaria.

    1. - La cuantía destinada a estas becas será de doscientos setenta y dos mil euros (272.000,00 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 10.04.336A01.4802C.0 de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2011.

      Tercero.- Requisitos.

    2. - Podrán acceder a las Becas Relevo 2011 los deportistas o entrenadores que reúnan los siguientes requisitos:

  3. Haber nacido en Castilla y León o, en su defecto, estar empadronado en algún municipio de la Comunidad Autónoma al menos con un año de antelación a la fecha de publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

  4. Haber tenido licencia de una Federación Deportiva de Castilla y León al menos con un año de antelación a la fecha de publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

  5. No estar sancionado por resolución firme en materia de disciplina deportiva, en el período de obtención de resultados deportivos fijados en esta convocatoria.

  6. Ser propuestos por la correspondiente Federación Deportiva de Castilla y León o por alguno de los miembros del Jurado, de conformidad con lo previsto en esta Orden.

    1. - Los deportistas, junto con los requisitos del párrafo 1 de este apartado, deberán:

  7. Haber obtenido los resultados por los que se les propone entre el 10 de septiembre de 2010 y la finalización del plazo de presentación de solicitudes con la correspondiente Federación Deportiva de Castilla y León, con sus clubes o con las selecciones de la Federaciones Deportivas Españolas.

  8. En los resultados a nivel colectivo, acreditar la participación en, al menos un 25% de los partidos de la correspondiente competición, excluyéndose fases previas o clasificatorias.

    1. - Los entrenadores, junto con los requisitos del párrafo 1 de este apartado, deberán:

  9. Ser el primer entrenador del deportista, equipo o selección, en el momento de la obtención del resultado y en los seis meses inmediatamente anteriores al mismo. Será obligatorio proponer a un único entrenador por deportista, equipos de clubes o selecciones de las Federaciones Deportivas de Castilla y León o de las Federaciones Deportivas Españolas.

  10. Ser propuestos por los resultados obtenidos entre el 10 de septiembre de 2010 y la finalización del plazo de presentación de solicitudes, de los deportistas, equipos de clubes o selecciones de las Federaciones Deportivas de Castilla y León o de las Federaciones Deportivas Españolas, que entrenen y cumplan los requisitos de este apartado tercero.

    Cuarto.- Becas Relevo Sénior.

    1. - Las Becas Relevo Sénior están destinadas a premiar a deportistas y a entrenadores en la categoría sénior.

    2. - Podrán ser concedidas a los deportistas o entrenadores por alguno de los siguientes resultados obtenidos por los deportistas, equipos de clubes o selecciones citados en el apartado tercero:

  11. Resultados a nivel individual:

    * Ser campeón de España en competiciones oficiales en categoría absoluta.

    * Haber obtenido puesto entre los ocho primeros clasificados en...

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