ORDEN CYT/1673/2007, de 5 de octubre, por la que se convocan las Becas Relevo 2007
Sección | IV - Otras Disposiciones y Acuerdos |
Emisor | Consejeria de Cultura y Turismo |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN CYT/1673/2007, de 5 de octubre, por la que se convocan las Becas Relevo 2007.
La Ley 2/2003, de 28 de marzo, del Deporte de Castilla y León, recoge a lo largo de su articulado las competencias para que la Administración Autonómica pueda realizar convocatorias para otorgar ayudas a la promoción del deporte de ámbito regional y el apoyo al deporte de alto nivel de los castellanos y leoneses.
Por otra parte, la práctica deportiva en la élite constituye un claro exponente de imitación, que conlleva por emulación a un aumento en la práctica deportiva, significando una forma más de difusión del deporte.
La concesión de becas también supone un reconocimiento social al trabajo, individual o en equipo, que el deportista realiza para la obtención de resultados.
En consecuencia, aprobado el Decreto 2/2007, de 2 julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de reestructuración de Consejerías y el Decreto 77/2007, de 12 de julio, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Cultura y Turismo, y en virtud de las atribuciones concedidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, se acuerda convocar las Becas Relevo 2007, con arreglo a las siguientes,
BASES:
Primera. Objeto.
El objeto de la presente Orden es convocar las Becas Relevo 2007, que constan de las siguientes modalidades:
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Becas Relevo a Deportistas, en las categorías:
'Sénior' 'Junior'
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Becas Relevo a Técnicos o Entrenadores.
Segunda. Dotación presupuestaria.
La cuantía destinada a estas Becas será de CUATROCIENTOS VEINTICINCO MIL EUROS, (425.000 ) con cargo a la aplicación presupuestaria 10.04.336A01.4802C.0 de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2007.
Tercera. Requisitos.
Podrán acceder a las Becas Relevo los deportistas, técnicos o entrenadores que reúnan los siguientes requisitos:
· Haber nacido en Castilla y León o, en su defecto, haber residido en algún municipio de la Comunidad en la temporada 2006-2007, o en el año 2007 para las modalidades deportivas cuyas Federaciones se rijan por años naturales, y estar residiendo en la fecha de publicación de la presente Orden.
· Tener licencia deportiva federativa de un club de Castilla y León o de una Federación Deportiva de Castilla y León, en vigor en el momento de presentación de la solicitud de la Beca y haberla tenido, al menos, en la temporada 2006-2007, o en el caso de Federaciones Deportivas de Castilla y León cuyas licencias sean expedidas por año natural, la licencia correspondiente al año 2007.
· No estar en la actualidad inhabilitado para la competición por expediente sancionador.
· Reunir los requisitos deportivos previstos en las condiciones particulares de cada una de las modalidades y categorías de las Becas.
Cuarta. Becas Relevo Sénior.
4.1. Las Becas Relevo Sénior están destinadas a premiar los resultados obtenidos por deportistas de categoría absoluta.
4.2. Podrán acceder a estas Becas los deportistas que reúnan necesariamente, además de los requisitos que con carácter general se establecen en la Base Tercera, alguno de los siguientes méritos:
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Resultados a nivel individual:
· Haber sido Campeón de España.
· Haber conseguido puesto entre los ocho primeros clasificados en Campeonatos de Europa o entre los ocho primeros en clasificaciones finales de Copas del Mundo.
· Haber obtenido puesto entre los dieciséis primeros clasificados en Campeonatos del Mundo.
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Resultados a nivel colectivo (equipos de club o selecciones autonómicas y/o nacionales):
· Haber sido Campeón de España (competiciones oficiales).
· Formar parte de las selecciones españolas que disputen Campeonatos de Europa o del Mundo.
· Formar parte de equipos de club que hayan obtenido uno de los cuatro primeros puestos en Campeonatos de Europa o del...
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