Orden AYG/1658/2003, de 28 de noviembre, por la que se declara oficialmente la existencia de tembladera en la provincia de Soria y se establecen medidas para su control y erradicación.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

ORDEN AYG/1658/2003, de 28 de noviembre, por la que se declara ofi cialmente la existencia de tembladera en la provincia de Soria y se establecen medidas para su control y erradicación.

Ante la aparición de Tembladera en una explotación de ganado ovino situada la localidad de ALMAZUL, provincia de Soria, procede establecer medidas para el control y erradicación de dicha enfermedad.

Con el fin de evitar las repercusiones que puede tener la difusión de esta enfe rmedad para el sector ovino de Castilla y León y de acuerdo con lo e s t ablecido en la Ley 6/1994, de 19 de mayo , de Sanidad Animal de Castilla y León ('B. O.C. y L.' n.º 102, de 27 de mayo ) , D e c reto 266/1998, de 17 de d i c i e m b re por el que se ap ru eba el Reglamento General de Sanidad A n i m a l ('B.O.C. y L'. n.º 243, de 21 de diciembre de 1998), Real Decreto 2 4 5 9 / 1 9 9 6 , de 2 de octubre ('B. O.E.' n.º 3, de 3 de enero de 1997), por el que se establece la lista de enfe rmedades de animales de decl a ración obl i gat o ria y se da la norm at iva para su notifi c a c i ó n , y Real Decreto 3454/2000, d e 22 de diciembre, por el que se establece y regula el Programa Integral coordinado de vigilancia y control de las encefa l o p atías espongi fo rmes tra n s m i s ibles de los animales ('B. O.E.' n.º 307, de 23 de diciembre ) .

Visto el info rme de la Dirección General de Producción A gro p e c u a ri a ,

DISPONGO:

Artículo 1 º Se declara oficialmente la presencia de tembladera en una explotación de ganado ovino situada en el municipio de ALMAZUL de la provincia de Soria.

A rtículo 2.º Se ordena el sacri ficio e inmovilización de todos los ov i n o s y cap rinos de la explotación a la que pertenece el animal afe c t a d o , así como el cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 3454/2000, de 22 de d i c i e m b re, por el que se establece y regula el Programa Integral coord i n a d o de vigilancia y control de las encefa l o p atías espongi fo rmes tra n s m i s i bles de los animales.

DISPOSICIÓN FINAL

Se faculta al Director General de Producción Agropecuaria para dic tar cuantas resoluciones sean necesarias para la aplicación de la presente Orden y la erradicación de la enfermedad .

Valladolid, 28 de noviembre de 2003.

El Consejero de Agricultura y Ganadería,

Fdo...

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