ORDEN de 29 de noviembre de 1999, de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo, por la que se crean y regulan nuevos ficheros automatizados de datos de carácter personal en la Consejería de Industria, Comercio y Turismo

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Industria, Comercio y Turismo
Rango de LeyOrden

ORDEN de 29 de noviembre de 1999, de la Consejería de Industria,

Comercio y Turismo, por la que se crean y regulan nuevos ficheros automatizados de datos de carácter personal en la Consejería de Industria, Comercio y Turismo.

Mediante convenio de colaboración suscrito el día 2 de febrero de 1998 entre el Instituto Nacional de Empleo y la Consejería de Industria,

Comercio y Turismo de la Junta de Castilla y León, se crea la Agencia de Colocación de ámbito autonómico y sin fines lucrativos denominada Servicio Regional de Colocación de Castilla y León.

La Orden de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo de 20 de abril de 1998 vino a regular jurídicamente el funcionamiento del Servicio Regional de Colocación, estableciendo entre sus objetivos fundamentales el de relacionar ofertas y demandas de empleo mediante un proceso ágil, transparente y equitativo.

Asimismo, la citada Orden reconoce, como un instrumento fundamental en la gestión del Servicio, la participación de aquellas entidades de carácter público o privado que, previa la firma del correspondiente convenio de colaboración con la Consejería de Industria, Comercio y Turismo, adquieren la condición de centros asociados al Servicio Regional de Colocación.

Por todo ello, es preciso la creación y regulación de los correspondientes ficheros automatizados de datos de carácter personal, en los que se recoja toda la información relevante sobre los demandantes de empleo y sobre los oferentes que tramiten sus ofertas de empleo a través del Servicio Regional de Colocación.

Igualmente, se hace necesario la creación y regulación del fichero de datos de carácter personal de los centros asociados al Servicio Regional de Colocación.

Por todo lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de regulación de tratamiento automatizado de los datos de carácter personal y en el artículo 2.1 del Decreto 40/1999, de 8 de marzo, por el que se regulan y determinan los ficheros automatizados de datos de carácter personal de la Administración de la ComunidadAutónoma de Castilla y León, y con el fin de dar cumplimiento al mandato legal y garantizar el pleno ejercicio de los derechos de todos los ciudadanos, oídos los Agentes Sociales representados en el seno de la Comisión Regional de Empleo y Formación, con el informe previo de los Servicios Jurídicos de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo, a propuesta de la Dirección General de Trabajo, y en uso de las facultades que me confiere el artículo 21 de la Ley de Gobierno y de la Administración de Castilla y León, Texto Refundido aprobado por el Decreto Legislativo 1/1988, de 21 de julio,

DISPONGO:

Artículo Primero
  1. Se crea y regula el fichero automatizado de datos de carácter personal de demandantes de empleo inscritos en el Servicio Regional de Colocación, que se incluye y describe en el Anexo I de la presente Orden.

  2. Se crea y regula el fichero automatizado de datos de carácter personal de oferentes de empleo que tramiten y gestionen sus ofertas de empleo a través del Servicio Regional de Colocación, que se incluye y describe en el Anexo II de la presente Orden.

  3. Se crea y regula el fichero automatizado de datos de carácter personal de centros asociados al Servicio Regional de Colocación que se incluye y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR