ORDEN n.º 793/2014, de 29 de abril de 2014,de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se resuelve el expediente de deslinde del monte demanial denominado 'Perímetro de Navarredonda', n.º 165 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Comunidad de Madrid, situado en los términos municipales de Navarredonda y San Mamés y de Villavieja del Lozoya.

SecciónI - Disposiciones Generales del Estado
Rango de LeyOrden

Examinado el Expediente de Deslinde del monte demanial denominado «Perímetro de Navarredonda», n.º 165 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Comunidad de Madrid, propiedad de la Comunidad de Madrid, situado en los términos municipales de Navarredonda y San Mamés y Villavieja del Lozoya, con todas las actuaciones realizadas, visto que en su tramitación y ejecución se ha cumplido lo establecido en la legislación vigente y, visto el Informe-Propuesta del Jefe del Área de Desarrollo del Plan Forestal con la conformidad del Director General del Medio Ambiente, en virtud de las atribuciones que me confiere el Decreto 11/2013, de 14 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio,

DISPONGO:

Primero.- Aprobar el deslinde del monte denominado «Perímetro de Navarredonda», n.º 165 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Comunidad de Madrid (C.U.P. en adelante), situado en los términos municipales de Navarredonda y San Mamés y Villavieja del Lozoya, perteneciente a la Comunidad de Madrid, de acuerdo con las Actas, Registro Topográfico y Planos que figuran en el expediente de deslinde, quedando el monte con la descripción siguiente:

Comunidad Autónoma: Madrid.

Número del Catálogo: 165.

Nombre: «Perímetro de Navarredonda».

Términos municipales: Navarredonda y San Mamés y Villavieja del Lozoya.

Pertenencia: Comunidad de Madrid.

Límites:

* Lindero norte: Monte del C.U.P. n.º 149, denominado «Perímetro de Villavieja», con n.º de Elenco M-1.016, sito en el término municipal de Villavieja del Lozoya

y de propiedad de la Comunidad de Madrid; una parcela de titularidad catastral a nombre del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y otra parcela de titularidad catastral municipal, ambas situadas en el término municipal de Villavieja del Lozoya, aunque se presume que estas dos parcelas catastrales son terrenos del Ayuntamiento de Villavieja del Lozoya.

* Lindero este: Terrenos del Ayuntamiento de Villavieja del Lozoya, fincas particulares, terrenos del Común de Vecinos de San Mames, fincas municipales y Monte «Arroyo del Canchuelo», consorciado con la Comunidad de Madrid con el n.º M-3.140 de los del Elenco, y de pertenencia al Ayuntamiento de Navarredonda y San Mamés. Tanto las fincas como el monte se encuentran situados en el término municipal de Navarredonda y San Mamés.

* Lindero sur: Monte del C.U.P. n.º 131, denominado «Perímetro de Lozoya», con n.º de Elenco M-1.013, propiedad de la Comunidad de Madrid y situado en los términos municipales de Lozoya y de Pinilla del Valle.

* Lindero oeste: Fincas particulares situadas en los términos municipales de Aldealengua de Pedraza y de Gallegos, siendo ambos términos de la provincia de Segovia.

Descripción de linderos:

El monte «Perímetro de Navarredonda» está situado casi en su totalidad en el término municipal de Navarredonda y San Mamés, encontrándose una pequeña superficie del mismo en el término municipal de Villavieja del Lozoya. Se accede al mismo a través de una pista forestal que sale desde Navarredonda y San Mamés en dirección noroeste, y que llega a la entrada del monte donde se encuentra ubicada una antigua casa forestal.

Se lleva a cabo la definición del perímetro exterior mediante la colocación de un total de 102 piquetes, incluyendo los piquetes que se han designado como bises.

El lindero norte comienza en el piquete n.º 25, ubicado sobre la línea de término municipal que separa los términos de Villavieja del Lozoya y Gallegos. En este piquete comienza la colindancia del monte que se deslinda con el Monte del C.U.P. n.º 149, denominado «Perímetro de Villavieja». El límite del monte se dirige en dirección este y línea recta al piquete n.º 26, reconocido como un majano de piedras coincidente con el Mojón n.º 2 de la línea de término entre los municipios de Navarredonda y San Mamés y Villavieja del Lozoya, según el Acta original de la línea límite entre estos dos términos municipales de fecha 21 de agosto de 1878. A partir del piquete n.º 26, el límite del monte continúa en dirección este coincidente con la línea de término descrita anteriormente, hasta alcanzar a los piquetes n.º 27 y n.º 27 Bis 1, ambos situados en el margen oeste y este de una pista que penetra en el monte en dirección sur. El límite del monte entre estos piquetes, se define además por la línea quebrada entre los mismos.

Desde el piquete n.º 27 Bis 1, el límite del monte continúa en la misma dirección, hasta llegar al piquete n.º 28, en el eje del «Arroyo de los Robles» que abandona aguas abajo el monte objeto de deslinde. Cabe destacar que la parcela catastral 9.009 del polígono 1 del término municipal de Villavieja del Lozoya, cuyo titular catastral es la Confederación Hidrográfica del Tajo y que se corresponde con este arroyo, se encuentra desplazada unos metros más hacia el este, en el lugar donde se han ubicado los piquetes n.º 28 Bis 1 y

n.º 28 Bis 2. Desde el piquete n.º 28 Bis 2, el límite del monte continúa en dirección este, alcanzando el piquete n.º 29, en una piedra con una cruz grabada que se reconoce como el Mojón n.º 3 de la línea de término entre los municipios de Navarredonda y San Mamés y Villavieja del Lozoya. Cabe destacar que en este piquete el límite del monte deja de coincidir con la línea límite entre los municipios de Navarredonda y San Mamésy Villavieja del Lozoya, con la que venia coincidiendo desde el piquete n.º 26.

Desde el piquete n.º 29, el límite del monte continúa en dirección sureste hasta encontrarse con el piquete n.º 29 Bis 1, ubicado en la intersección entre dos muros de mampostería en seco, siendo uno de ellos el que definirá el perímetro del monte a partir ahora y otro que converge en este punto y procede del norte. El límite del monte continua por el eje longitudinal del muro de mampostería en seco en dirección sureste, dejando atrás a los piquetes n.º 30, n.º 31, n.º 32, n.º 33, n.º 34 y n.º 35, todos ellos ubicados en la cabeza de talud de los distintos márgenes de una pista que atraviesa el monte en tres ocasiones.

A partir del piquete n.º 35, el límite del monte continúa en dirección sureste hasta llegar a un arroyo que discurre por debajo del muro de mampostería en seco que se viene siguiendo. En el eje de dicho arroyo, denominado como «Arroyo de las Cortes», se ubica el piquete n.º 36. Desde este piquete, el límite del monte cambia de dirección hacia el noreste hasta llegar al piquete n.º 37. Cabe destacar que a partir de este piquete el límite del monte deja de discurrir por el término municipal de Navarredonda y San Mamés y pasa a discurrir por el término municipal de Villavieja del Lozoya. El límite del monte continúa por el eje longitudinal del muro en dirección noreste, pasando por el piquete n.º 37 Bis 1 donde cambia de dirección hacia el este, alcanzando el piquete n.º 38, situado en la intersección de los ejes longitudinales de dos muros de mampostería: Uno, el que se viene siguiendo y el otro que procede del norte, con una altura aproximada de 1 metro. En este piquete, el monte finaliza la colindancia con el Monte n.º 149 del C.U.P., denominado «Perímetro de Villavieja».

En el piquete n.º 38 se inicia la colindancia con unos terrenos presumiblemente pertenecientes al Ayuntamiento de Villavieja del Lozoya, según los antecedentes documentales estudiados en la fase de la realización de la Memoria Preliminar. Sin embargo, el Catastro asigna dos parcelas catastrales distintas a estos terrenos: Una, la parcela catastral 88 del polígono 9 del término municipal de Villavieja del Lozoya, cuyo titular catastral es el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, y la parcela catastral 2 del polígono 9 del término municipal de Villavieja del Lozoya, cuyo titular catastral es el Ayuntamiento de Villavieja del Lozoya.

Desde el piquete n.º 38, el límite del monte continúa por el eje longitudinal del muro en dirección sur hasta llegar al piquete n.º 39, discurriendo nuevamente a partir de este piquete por el término municipal de Navarredonda y San Mamés. El límite prosigue en dirección sur pasando por el piquete n.º 40, situado en el eje longitudinal del muro, donde éste hace esquina, y cambia de dirección hacia el este hasta llegar al piquete n.º 41. En este piquete, el límite del monte deja de discurrir por el término municipal de Navarredonda y San Mamés y pasa a discurrir por el término municipal de Villavieja del Lozoya. Desde el piquete n.º 41, el límite del monte toma direcciones este y sureste pasando por los piquetes n.º 42 y n.º 43, ambos en el eje longitudinal del muro de mampostería. En el piquete n.º 43 continúa hacia el sureste por el eje longitudinal del muro de mampostería pasando por el piquete n.º 44, en el eje del muro, y llegando con la misma dirección hasta

el piquete n.º 44 Bis 1, ubicado en la intersección de los ejes longitudinales de dos muros de mampostería: uno, el que se viene siguiendo y el otro, un nuevo muro que sale en dirección norte, también de mampostería y de un metro de altura aproximadamente.

El lindero este del monte sigue colindando con los terrenos presumiblemente pertenecientes al Ayuntamiento de Villavieja del Lozoya, que de estar bien ajustado el parcelario catastral se corresponderían con la parcela catastral 2 del polígono 9 del término municipal de Villavieja del Lozoya, cuyo titular catastral es el propio Ayuntamiento.

Desde el piquete n.º 44 Bis 1 el límite del monte continúa por el eje longitudinal del muro de mampostería en dirección suroeste, pasando por los piquetes n.º 45 y n.º 46, situados en el eje del mismo muro, y prosigue su trayectoria hacia el sur pasando por los piquetes n.º 47 y n.º 48, ubicados a lo...

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