ORDEN MAM/1525/2010, de 2 de noviembre, por la que se acuerda la iniciación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de Covalagua y Las Tuerces, en la provincia de Palencia.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyOrden

La Ley 8/1991, de 10 de mayo, de Espacios Naturales de la Comunidad de Castilla y León, formula en su artículo 18 el Plan de Espacios Naturales Protegidos, confiriéndole un carácter meramente indicativo y designando inicialmente un total de veintinueve espacios, entre los que se encuentran los espacios naturales de Covalagua y de Las Tuerces.

Los Espacios Naturales de Covalagua y Las Tuerces, en la provincia de Palencia, se sitúan en las estribaciones más occidentales de los Páramos de La Lora, en la zona de contacto entre los relieves de la Cordillera Cantábrica y los materiales sedimentarios de la Cuenca del Duero. En ambos territorios se ha desarrollado un espectacular paisaje geológico de origen kárstico resultado de los activos procesos de disolución llevados a cabo por la erosión en las rocas calizas. Entre sus manifestaciones más relevantes destacan angostos callejones kársticos, surgencias, cañones, campos de dolinas, lapiaces, uvalas, simas y cuevas.

Esta destacada importancia geológica y geomorfológica se complementa con un elevado interés biológico, basado principalmente en la diversidad característica de los territorios situados en zonas de transición entre las regiones biogeográficas eurosiberiana y mediterránea. Estos valores han sido claves para la inclusión de ambos Espacios en la lista inicial de los lugares de importancia comunitaria (LIC), bajo la denominación de Covalagua (Código ES4140027) y Las Tuerces (Código ES4140026), para su integración en la red ecológica europea Natura 2000. Esta inclusión implica su consideración como Espacios Protegidos Red Natura 2000, al amparo de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad.

El artículo 35 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre y el artículo 22 de la Ley 8/1991, de 10 de mayo, establecen que la declaración de los Espacios Naturales Protegidos exige la previa elaboración y aprobación del correspondiente Plan de Ordenación de los Recursos Naturales. Estos Planes son instrumentos de planificación básicos que, tal y como ha demostrado la experiencia en nuestra Comunidad, poseen una indudable utilidad y eficacia en las tareas de gestión y conservación de los Espacios Naturales Protegidos.

Al objeto de realizar los oportunos Planes de Ordenación de los Recursos Naturales, el 5 de mayo de 1992 se publicaron en el «Boletín Oficial de Castilla y León» las

correspondientes Órdenes de 27 de abril de 1992 de...

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