ORDEN FYM/251/2012, de 21 de marzo, relativa a la aprobación del deslinde del Monte «Helechos», n.º 379 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Soria, perteneciente al Ayuntamiento de Golmayo y situado en el término municipal de Golmayo en su Entidad Local Menor Fuentetoba en la provincia de Soria.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

Examinado el expediente SO-D-70/12, instruido con motivo de la ejecución del deslinde del monte «Helechos», n.º 379 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Soria, propiedad del Ayuntamiento de Golmayo, y situado en el término municipal de Golmayo en su Entidad Local Menor Fuentetoba, en la provincia de Soria, del cual son los siguientes sus

ANTECEDENTES DE HECHO

  1. Con fecha 15 de septiembre de 2009, el Director General del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, autoriza el inicio del deslinde del monte «Helechos», n.º 379 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Soria, propiedad del Ayuntamiento de Golmayo, y situado en el término municipal de Golmayo en su Entidad Local Menor Fuentetoba.

  2. Con fecha 19 de julio de 2011 se remite el texto del anuncio del deslinde a la Secretaría General de la Junta y Relaciones Institucionales para su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

  3. El comienzo de las operaciones de apeo fue anunciado mediante publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León» n.º 146, de 29 de julio de 2011, especificándose la fecha y lugar señalados para dicho comienzo. El anuncio fue remitido a los Ayuntamientos de Golmayo y Villaciervos, y a las Entidades y particulares interesados, para su conocimiento y publicación en los tablones de anuncios correspondientes.

  4. Con fecha 17 de octubre de 2011, se recibe informe de la Asesoría Jurídica de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Soria relativa a la eficacia jurídica de la documentación presentada en el plazo previsto para ello en el anuncio del «Boletín Oficial de Castilla y León».

  5. Con fecha 2 de noviembre de 2011 se realiza el Informe sobre Reconocimiento y Clasificación de fincas o derechos en base a la documentación presentada, en el que se certifica que según la información presentada no existe ninguna finca, que se encuentre en alguna de las situaciones descritas en los grupos C y D del artículo 102 del Reglamento de montes (Decreto 485/1962), estimando así que no existen indicios de que algunas fincas pudieran pertenecer total o parcialmente al monte.

  6. Las operaciones de deslinde tuvieron lugar el día 15 de noviembre de 2011, levantándose acta de las operaciones que firmaron los asistentes como prueba de conformidad con lo actuado.

  7. Una vez finalizada la operación de deslinde, el Ingeniero Operador, con fecha 22 de noviembre de 2011, emite un Informe que contiene todos los antecedentes legales ya reseñados, así como el apeo llevado a cabo y las cuestiones sobre la necesidad de proceder a inscribir el monte en el Registro de la Propiedad.

  8. En el «Boletín Oficial de Castilla y León» n.º 239, de 14 de diciembre se da vista del expediente, concediendo el plazo de un mes para examinar el expediente y presentación de reclamaciones. El anuncio fue remitido a los Ayuntamientos de Golmayo y Villaciervos, para su publicación en los tablones de anuncios correspondientes, y a las Entidades y particulares interesados, para su conocimiento.

  9. Con fecha 30 de enero de 2012, el Jefe del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Soria certifica que durante el plazo conferido no se ha recibido alegación alguna a dicho expediente.

  10. Con fecha 11 de enero de 2012, se remite copia completa del expediente de deslinde del monte a la Entidad Local Menor Fuentetoba (Ayuntamiento de Golmayo), como Entidad Propietaria del monte, para que en el plazo de quince días muestre su conformidad o reparos.

  11. Con fecha 17 de enero de 2012, se recibe certificado de la Entidad Local Menor Fuentetoba (Ayuntamiento de Golmayo) en el que se informa que muestra su conformidad al Deslinde realizado.

  12. Con fecha 31 de enero de 2011, el Jefe del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Soria emite un Informe-Propuesta, proponiendo la aprobación del deslinde con los siguientes datos:

    - NÚMERO: 379.

    - NOMBRE: Helechos.

    - PERTENENCIA: Entidad Local Menor Fuentetoba.

    - TÉRMINO MUNICIPAL: Golmayo en su Entidad Local Menor Fuentetoba.

    - PARTIDO JUDICIAL: Soria.

    - LÍMITES:

    - Norte: Con el Arroyo Laguna.

    - Sur: Con la vía pecuaria «Cañada Real de Merinas» y término municipal de Golmayo en su barrio Carbonera de Frentes.

    - Este: Con terreno erial del término municipal de Golmayo.

    - Oeste: Con fincas del término municipal de Golmayo y término municipal de Villaciervos.

    No existen enclavados dentro del M.U.P. n.º 379.

    - ESPECIES: La vegetación está constituida por pino negral ( Pinus pinaster ) y pino silvestre ( Pinus sylvestris ).

    - SUPERFICIE TOTAL: 30,883 Ha.

    - SUPERFICIE VÍAS PECUARIAS: 0,000 Ha.

    - SUPERFICIE PÚBLICA: 30,883 Ha.

    - DESCRIPCIÓN DE LINDEROS:

    Los linderos del M.U.P. n.º 379 son los siguientes:

    El lindero Este empieza en el piquete n.º 1, punto localizado más al noreste del monte, junto al camino que bordea el monte, muy proximo al Arroyo Laguna (afluente del Río Golmayo), en el paraje «Somerada de Valdehermoso». El lindero Este continúa al borde del camino quedando éste incluido dentro del mismo y limitando con terreno erial propiedad del Ayuntamiento de Golmayo. A la altura del piquete n.º 7, n.º 8 y n.º 9 limita con una parcela concentrada y labrada de propiedad particular. El limite del monte continúa a lo largo del camino hasta el piquete n.º 12 donde gira hacia el Noroeste y deja a la derecha tres parcelas no concentradas y repobladas de pino silvestre propiedad de particulares. A partir del piquete n.º 22 el monte vuelve a llevar por límite terreno erial propiedad del Ayuntamiento de Golmayo. Desde el piquete n.º 23 hasta el piquete n.º 29 el límite Este es el Polígono Industrial de Carbonera (Sector 8), cuya superficie calificada cono suelo rústico común, actualmente se encuentra cubierta de masa repoblada de pino silvestre. El lindero Este termina a la altura del piquete n.º 29, en el margen derecho de la Vía pecuaria «Cañada Real de Merinas», en la divisoria de Términos entre Golmayo en su Entidad Local Menor Fuentetoba y Golmayo en su barrio Carbonera de Frentes, en el paraje «Peñas Negras» donde el monte público gira 90º en dirección Oeste.

    El lindero Sur comienza en el piquete n.º 29 en el paraje «El Pelusar». A partir de este piquete el monte lleva por límite Sur el margen derecho de la Vía pecuaria «Cañada Real de Merinas» y la divisoria de Términos entre Golmayo en su Entidad Local Menor Fuentetoba y Golmayo en su barrio Carbonera de Frentes, hasta el piquete n.º 38, coincidente con el Mojón de 2.º orden n.º 30 del M.U.P. n.º 326 «Pinar», donde el monte gira en dirección Noroeste y comienza a llevar por límite la divisoria del término municipal de Golmayo en su Entidad Local Menor de Fuentetoba y el término municipal...

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