ORDEN AYG/545/2012, de 18 de junio, por la que se crean, modifican y suprimen ficheros de datos de carácter personal de esta Consejería.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejerÍA de Fomento y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

Las Órdenes de la Consejería de Agricultura y Ganadería de 11 de diciembre de 2002, y 1229/2004, de 27 de julio, regulan los ficheros de tratamiento automatizado de datos de carácter personal de esta Consejería realizados y mantenidos por sus centros directivos para la gestión de las líneas de ayuda y de los registros cuya competencia tienen atribuida.

Los cambios en la estructura orgánica de la Consejería que establece el Decreto 35/2011, de 7 de julio, obligan a crear y suprimir los ficheros de tratamiento automatizado de datos de carácter personal referidos a las líneas de ayuda y registros citados a fin de cumplir con lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y su normativa de desarrollo.

Según el artículo 20 de dicha Ley Orgánica, la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o diario oficial correspondiente.

Por otra parte, los artículos 53 y 54 del Reglamento de desarrollo de la misma Ley Orgánica, aprobado mediante el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, incorporan al contenido de la disposición aprobatoria del fichero la necesidad de especificar el sistema de tratamiento del fichero, pudiendo ser automatizado, no automatizado o parcialmente automatizado, lo que obliga a añadir esta precisión en la descripción de los ficheros de datos de carácter personal contenidos en las Órdenes de la Consejería de 11 de diciembre de 2002 y 1229/2004, de 27 de julio, antes citadas, y cuyo órgano responsable no ha sido modificado por el Decreto 35/2011, de 7 de julio.

El Decreto 11/2003, de 23 de enero, por el que se regulan los ficheros de datos de carácter personal susceptibles de tratamiento automatizado de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, establece como requisito el informe previo de la Dirección General competente en materia de protección de datos, que actualmente es la Dirección General de Atención al Ciudadano, Calidad y Modernización en virtud del Decreto 31/2011, de 7 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda.

En virtud de lo anterior, previo informe sobre las medidas de seguridad de los ficheros de la Dirección General de Atención al Ciudadano, Calidad y Modernización,

DISPONGO:

Artículo 1 Objeto.

La presente orden tiene por objeto la creación, modificación y supresión de los ficheros de datos de carácter personal de la Consejería de Agricultura y Ganadería que se describen en los Anexos I, II y III, respectivamente.

Artículo 2 Responsables.

Los responsables de los ficheros adoptarán las medidas de gestión y organización que sean necesarias para asegurar la seguridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la normativa aplicable.

Artículo 3 Afectados.

Los afectados por los ficheros pueden ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, cuando proceda, ante el órgano administrativo responsable del tratamiento indicado en la descripción de los ficheros.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Valladolid, 18 de junio de 2012.

La Consejera de Agricultura y Ganadería, Fdo.: S ilvia C lemente m uniCio

ANEXO I

Ficheros de nueva creación

Fichero: Ayudas de la Dirección General de Industrias Agrarias y Modernización de Explotaciones.

  1. Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

    a.1) Identificación del fichero: Ayudas de la Dirección General de Industrias Agrarias y Modernización de Explotaciones.

    a.2) Finalidad y usos previstos: Tramitación de las ayudas gestionadas por la Dirección General de Industrias Agrarias y Modernización de Explotaciones.

  2. Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre el que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.

    b.1) Colectivo: Personas físicas y jurídicas solicitantes de las ayudas gestionadas por la Dirección General de Industrias Agrarias y Modernización de Explotaciones.

    b.2) Procedencia:

    El propio interesado o su representante legal, administraciones públicas, personas físicas y jurídicas solicitantes de las ayudas gestionadas por la Dirección General de Industrias Agrarias y Modernización de Explotaciones.

    Procedimiento de recogida: Formularios, transmisión electrónica de datos/ Internet.

  3. Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

    c.1) Estructura:

    Datos identificativos.

    Datos relativos a la comisión de infracciones: Infracciones administrativas.

    Otras categorías de carácter personal:

    * Datos de características personales.

    * Datos de circunstancias sociales.

    * Datos académicos y profesionales.

    * Datos de detalles de empleo.

    * Datos de información comercial.

    * Datos económico-financieros y de seguros.

    c.2) Sistema de tratamiento: Fichero parcialmente automatizado.

  4. Comunicaciones de los datos previstas:

    Agencia Estatal de la Administración Tributaria, Fondo Español de Garantía Agraria, Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, organismos de la Seguridad Social, órganos judiciales, órganos de la Unión Europea, otros órganos de la Administración del Estado, otros órganos de la Comunidad Autónoma, bancos, cajas de ahorro y cajas rurales, organizaciones profesionales agrarias.

  5. Transferencias internacionales previstas a terceros países:

    No se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del espacio económico europeo.

  6. Órganos responsables del fichero:

    Dirección General de Industrias Agrarias y Modernización de Explotaciones.

  7. Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

    Consejería de Agricultura y Ganadería

    Dirección General de Industrias Agrarias y Modernización de...

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