ORDEN PRE/3/2014, de 10 de enero, por la que se crean y modifican ficheros de datos de carácter personal de la Consejería de la Presidencia.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de la Presidencia
Rango de LeyOrden

La creación, modificación y supresión de ficheros de datos de carácter personal de las Administraciones Públicas ha de hacerse por medio de una disposición de carácter general conforme dispone el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal.

En la Administración de la Comunidad de Castilla y León esta disposición reviste la forma de orden del titular de la consejería competente por razón de la materia, pues así lo establece el Decreto 11/2003, de 23 de enero, por el que se regulan los ficheros de carácter personal susceptibles de tratamiento automatizado de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

De acuerdo con lo anterior, a través de esta orden se crean dos ficheros, detallados en el Anexo I de la misma y, en su Anexo II, se modifican diversos ficheros, correspondientes a la Consejería de la Presidencia con la finalidad de mantenerlos actualizados, adaptando sus características a los cambios que se han producido, unas veces en su forma de gestión y otras en su ámbito subjetivo, e incorporando también variaciones dirigidas a perfeccionar su contenido.

Mediante Orden PRE/124/2013, de 28 de febrero, se crearon diversos ficheros de datos de carácter personal, entre los que se encuentra el denominado «Registro de Convenios de Colaboración».

El Decreto 66/2013, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro General Electrónico de Convenios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, ha introducido cambios que afectan a aspectos relativos a la gestión de dicho fichero que hacen precisa su modificación, por lo que a través de esta orden se adapta a la nueva norma.

Por Orden PRE/51/2013, de 30 de enero, fueron creados, entre otros, los ficheros denominados «Comunidades Castellanas y Leonesas en el Exterior», «Entidades sin ánimo de lucro que trabajan con inmigrantes en Castilla y León» y «Programa de jóvenes solidarios de Castilla y León».

En cuanto a los dos primeros, la orden de creación preveía la posibilidad de cesión de los datos a determinadas Administraciones Públicas. No obstante, se ha constatado que si bien en el momento de creación del fichero se previó la utilidad de la cesión en los supuestos legalmente permitidos, finalmente no ha resultado necesaria, por lo que se estima procedente modificar este extremo, para adecuar la norma a la realidad a la que se aplica.

Respecto al fichero «Programa de jóvenes solidarios de Castilla y León», la modificación sustancial, que se aborda en esta orden, deriva de la ampliación del ámbito subjetivo al que irán dirigidas las actuaciones administrativas que dan lugar a la necesidad de su existencia.

Por último, y en el ejercicio de la competencia de dirección y coordinación de la Web Corporativa de la Junta de Castilla y León, que en este momento corresponde a la Consejería de la Presidencia, se plantea idéntica modificación sustancial respecto del fichero denominado «Portales Web Junta de Castilla y León - ciudadanos», que fue creado mediante Orden FOM/2092/2006, de 14 de diciembre, pues la aplicación en el tiempo de dicha orden pone de manifiesto que la cesión de los datos en él contenidos no se ajusta a las necesidades.

En virtud de lo expuesto y en el uso de la atribución conferida por el Decreto 11/2003, de 23 de enero, por la que se regulan los ficheros de carácter personal susceptibles de tratamiento automatizado, de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO

Artículo único Creación y modificación de ficheros.

Se crean los ficheros de datos de carácter personal que se relacionan, en los términos establecidos en el Anexo I:

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