ORDEN FOM/955/2007, de 15 de mayo, por la que se modifican ficheros automatizados de datos de carácter personal de dicha Consejería.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Fomento
Rango de LeyOrden

ORDEN FOM/955/2007, de 15 de mayo, por la que se modifican ficheros automatizados de datos de carácter personal de dicha Consejería.

El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros automatizados de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el Diario Oficial correspondiente.

Por su parte, el Decreto 11/2003, de 23 enero, regula los ficheros de datos de carácter personal, susceptibles de tratamiento automatizado, de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, estableciendo, entre otros aspectos, que la creación, modificación o supresión de los ficheros de datos de carácter personal incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, se realizará por Orden del titular de la Consejería competente por razón de la materia a la que afectan.

Por todo ello, a fin de dar cumplimiento a los objetivos legales y reglamentarios y asegurar a los ciudadanos el ejercicio de sus legítimos derechos,

DISPONGO:

Artículo 1 Objeto.

La presente Orden tiene por objeto la modificación de los ficheros de datos de carácter personal de la Consejería de Fomento que se contienen en el Anexo de la presente disposición.

Artículo 2 Responsables.

Los responsables de los ficheros adoptarán las medidas de gestión y organización que sean necesarias para asegurar la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la normativa aplicable.

Artículo 3 Afectados.

Los afectados por los ficheros pueden ejercitar su derecho de acceso, rectificación y cancelación de datos, cuando proceda, ante el órgano administrativo responsable de los mismos.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el 'Boletín Oficial de Castilla y León'.

Valladolid, 15 de mayo de 2007.

El Consejero,

Fdo.: ANTONIO SILVÁN RODRÍGUEZ ANEXO MODIFICACIÓN FICHEROS 1. Denominación del fichero:

ADJUDICATARIOS DE CONTRATOS.

Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo:

Gestión, seguimiento, registro...

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