DECRETO 169/1989, de 27 de julio, por el que se modifica, transitoria y parcialmente, el artículo 1.ª del Decreto 45/89, 30 de marzo.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Economia y Hacienda
Rango de LeyDecreto

DECRETO 169/1989, de 27 de julio, por el que se modifica, transitoria y parcialmente, el artículo 1.ª del Decreto 45/89, 30 de marzo.

La Junta de Castilla y León es consciente a través de las sugerencias de los distintos sectores socio - económicos de la conveniencia de recuperar aquellas acciones de los agentes empleadores que se realizaron desde el 1 de enero de 1989 al 1 de mayo del mismo año y que con estricta aplicación del Decreto 45/89 de 30 de marzo quedarían privados de las subvenciones a que se contraen los Decretos 44/89 de 30 de marzo y 80/89 de 18 de mayo.

En su virtud, a propuesta de la Consejería de Economía y Hacienda, visto el informe favorable del Comité de Inversiones Públicas y previa deliberación de la Junta de Castilla y León en su reunión de 27 de julio

DISPONGO:

Artículo único No se exigirá el requisito de que la solicitud se presente con anterioridad a la realización del hecho por el que se solicita la subvención, previsto en el artículo 1.º del Decreto 45/89 a las solicitudes de ayudas en materia de Formación, Empleo y Economía Social formuladas a lo largo del año 1989.
DISPOSICION FINAL

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Valladolid, 27 de julio de 1989.

El Presidente de la Junta de Castilla y León,

Fdo.: JOSE MARIA AZNAR LOPEZ

El Consejero de Economía y Hacienda,

Fdo.: MIGUEL PEREZ VILLAR

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