ORDEN HAC/886/2009, de 17 de abril, por la que se modifica la Orden de 25 de junio de 1998, de desarrollo del Decreto 82/1994, de 7 de abril por el que se regula la actividad recaudatoria de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Fecha de Entrada en Vigor25 de Abril de 2009
SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Hacienda
Rango de LeyOrden

ORDEN HAC/886/2009, de 17 de abril, por la que se modifica la Orden de 25 de junio de 1998, de desarrollo del Decreto 82/1994, de 7 de abril por el que se regula la actividad recaudatoria de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

La Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 25 de junio de 1998, ('B.O.C. y L.' de 2 de julio), desarrolla el Decreto 82/1994, de 7 de abril de 1994, por el que se regula la actividad recaudatoria de la Administración de la Comunidad. En el momento actual resulta necesario modificar esta Orden por los siguientes motivos.

En primer lugar, el Decreto 71/2007, de 12 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda atribuye, en su artículo 5, a la Dirección General de tributos las competencias de dirección y coordinación de la gestión recaudatoria de los ingresos de derecho público, que en el momento de dictarse la Orden de 25 de junio de 1998 estaban atribuidas a la Tesorería General. Resulta conveniente modificar esta Orden para recoger el cambio en la atribución de funciones.

Por otro lado, la actividad recaudatoria de la Comunidad se ha visto afectada en estos últimos meses por el incremento en el número de solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento de pago, presentadas por los obligados tributarios en relación con las deudas derivadas de su propia actividad económica, como consecuencia de la situación de crisis que atraviesa la economía española. Este hecho hace necesario modificar la Orden de 25 de junio de 1998 para, en aras de una gestión administrativa más ágil y eficaz, dotar a los contribuyentes de unas mayores facilidades para el pago de sus deudas de derecho público ante unas dificultades coyunturales de tesorería, actuando con unos criterios homogéneos a los aplicados por la Administración del Estado.

Por último, se aprovecha el cambio para adaptar al euro las cuantías que la Orden de 25 de junio de 1998 expresa en pesetas.

En virtud de lo expuesto anteriormente y en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 14 c) y d) de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad, el artículo 26.1 f) de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del...

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