ORDEN EDU/1439/2007, de 7 de septiembre, por la que se modifica la Orden EDU/1920/2004, de 2 de diciembre, por la que se crea la «Escuela de Excelencia Musical» de la Comunidad de Castilla y León.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

ORDEN EDU/1439/2007, de 7 de septiembre, por la que se modifica la Orden EDU/1920/2004, de 2 de diciembre, por la que se crea la 'Escuela de Excelencia Musical' de la Comunidad de Castilla y León.

Mediante la Orden EDU/1920/2004, de 2 de diciembre, se creó la Escuela de Excelencia Musical de la Comunidad de Castilla y León como instrumento a través de cual dar respuesta a las necesidades de formación permanente del profesorado y de formación musical del alumnado, complementaria a la impartida por los centros, de esta Comunidad. Esta actuación estaba además prevista en el Plan Marco para el desarrollo de las enseñanzas escolares de régimen especial en Castilla y León, aprobado mediante Acuerdo de la Junta de Castilla y León de 7 de octubre de 2004.

El artículo 8 de esta Orden creaba el Consejo Asesor de la Escuela de Excelencia Musical como órgano de participación y consulta que presta asistencia y asesoramiento a la Escuela.

La experiencia acumulada desde la puesta en marcha de la Escuela y la creación de la Fundación pública para la Enseñanza de las Artes en Castilla y León, a quien se le atribuyen funciones en materia de enseñanzas artísticas, aconsejan modificar la composición del citado Consejo Asesor.

En virtud de lo expuesto, y de conformidad con la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO Artículo único. Modificación de la Orden EDU/1920/2004.

Se modifican los apartados 2 y 3 del artículo 8 la Orden EDU/1920/2004, de 2 de diciembre, por la que se creó la 'Escuela de Excelencia Musical' de la Comunidad de Castilla y León, que pasan a tener la siguiente redacción:

'2. Serán miembros del Consejo Asesor:

El Consejero de Educación o persona en quien delegue, que ejercerá de Presidente.

Un representante del Conservatorio Superior de Música de Castilla y León, nombrado por el Consejero de Educación.

Dos representantes de los Conservatorios Profesionales de Música de la Comunidad, nombrados por el Consejero de Educación.

El jefe de la unidad administrativa, con rango de servicio, de la Consejería de Educación, con funciones en materia de planificación de enseñanzas musicales.

El Director titular de la Orquesta Sinfónica de Castilla y León.

Un funcionario de la Consejería de Educación.

  1. En el Consejo Asesor estará presente un funcionario designado por el Consejero de Educación, que actuará como secretario, con voz pero sin voto.' Disposición final. Entrada en vigor.

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