Orden FOM/199/2004, de 11 de febrero, por la que se acuerda conceder la renovación de la acreditación en el área de Control de hormigón fresco y en el área de Suelos, áridos, mezclas bituminosas y sus materiales constituyentes en viales al laboratorio de la empresa CINSA-EP, S.A. sito en C/ Juan Ramón Jiménez, s/n. Polígono Pentasa III, nave 15...

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

ORDEN FOM/199/2004, de 11 de feb re ro , por la que se acuerda conceder la re n ovación de la acreditación en el área de Control de horm i g ó n f resco y en el área de Suelos, á ri d o s , m e z clas bituminosas y sus m at e riales constituyentes en viales al lab o rat o rio de la empre s a CINSA-EP, S.A. sito en C/ Juan Ramón Jiménez, s/n. Polígono Pen tasa III, nave 154, en Burgos.

ANTECEDENTES DE HECHO:

  1. Con fe cha 27 de nov i e m b re de 2003, D. Fe rnando Picón To rre s , e n rep resentación de la empresa CINSA-EP, S.A. solicitó la re n ovación de la a c reditación del lab o rat o rio de esta empresa sito en C/ Juan Ramón Jiménez, s/n. Po l í gono Industrial PENTASA III, n ave 154 (Burgos) en el área de Cont rol de hormigón fresco y en el área de Suelos, á ri d o s , m e z clas bituminosas y sus mat e riales constituyentes en viales, concedida por Orden de la Consejería de Fomento de 2 de feb re ro de 1999, ( ' B. O.C. y L.' n.º 40, de 1 de m a r zo ) .

  2. Una vez instruido el expediente corre s p o n d i e n t e, re l at ivo a la solicitud de obtención de la re n ovación de la acreditación en el área re fe rida en el ap a rtado anteri o r, se info rmó favo rablemente por la Secretaría General de la Consejería de Fo m e n t o , p roponiéndose en consecuencia la concesión de la re n ovación de la acreditación en el área precitada.

    F U N DA M E N TOS DE DERECHO:

  3. El Decreto 193/1990 de 18 de octubre ('B. O.C. y L.' n.º 204 de 22 de octubre de 1990) en ejercicio de las competencias otorgadas a la Consejería de Fomento por la norm at iva que se cita en su pre á m bulo ap robó las disposiciones reg u l a d o ras ge n e rales sobre acreditación de Lab o rat o rios de E n s ayo para el Control de Calidad de la Construcción. El artículo 11 de este D e c reto establece que la concesión, cancelación o re n ovación de las acre d itaciones corresponden al Consejero de Fo m e n t o , p revio info rme de la Secretaría General.

  4. Al amparo de lo establecido en la disposición final pri m e ra del D e c reto 193/1990 de 18 de octubre, por Orden de 19 de nov i e m b re de 1990 ( ' B. O.C. y L.' n.º 10 de 15 de enero de 1991) de la Consejería de Fo m e n t o , se ap ro b a ron las disposiciones reg u l a d o ras específicas de la acreditación de L ab o rat o rios de Ensayos para el Control de Calidad de la Construcción en el á rea de Suelos, á ri d o s , m e z clas bituminosas y sus mat e riales constituye n t e s en viales que resultan de...

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