ORDEN SAN/281/2011, de 18 de marzo, por la que se establece el método de medición de las distancias que deben respetar las oficinas de farmacia en Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Administración AutonóMica
Rango de LeyOrden

La Ley 13/2001, de 20 de diciembre, de Ordenación Farmacéutica de la Comunidad de Castilla y León, en el apartado uno del artículo 19 establece las distancias mínimas que deben respetar tanto las nuevas instalaciones de oficinas de farmacia como aquellas que, ya instaladas, trasladen su ubicación, respecto a las oficinas de farmacia más cercanas y los centros sanitarios públicos o centros sanitarios comprendidos en el Sistema de Salud de Castilla y León de asistencia extrahospitalaria u hospitalaria con consultas externas o dotados de servicios de urgencia. El apartado dos del mismo artículo dispone que por la Consejería competente en materia de sanidad se determinará reglamentariamente el procedimiento para la medición de las distancias. Haciendo uso de esta competencia se regula en la presente orden el método a seguir para realizar la medición de distancias entre oficinas de farmacia y entre estas y los centros sanitarios citados.

El fin perseguido es establecer un método sencillo pero objetivo y preciso que deje atrás la conflictividad generada por el procedimiento seguido hasta la fecha regulado en la Orden de 21 de noviembre de 1979, por la que se desarrolla el Real Decreto 909/1978, de 14 de abril, en lo referente al establecimiento, transmisión e integración de oficinas de farmacia.

En virtud de lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley 13/2001, de 20 de diciembre, de Ordenación Farmacéutica de la Comunidad de Castilla y León, de acuerdo con el dictamen del Consejo Consultivo, y en uso de las atribuciones que confiere el artículo 26.1.f) de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO

Artículo 1 Objeto.

La presente Orden tiene por objeto establecer el método de medición de las distancias previstas en el artículo 19 de la Ley 13/2001, de 20 de diciembre, de Ordenación Farmacéutica de la Comunidad de Castilla y León.

Artículo 2 Método de medición.
  1. La medición se efectuará sobre un plano de la zona donde se pretenda la instalación de la oficina de farmacia, a escala 1/1.000 como mínimo.

  2. La distancia a medir será la del segmento...

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