ORDEN EDU/1655/2007, de 5 de octubre, por la que se convocan ayudas para financiar los gastos de matrícula, del alumnado que curse enseñanzas artísticas en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación, o enseñanzas artísticas en Escuelas de la Comunidad de Castilla y León, durante el curso 2007/2008.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejer¿a de Educaci¿n
Rango de LeyOrden

ORDEN EDU/1655/2007, de 5 de octubre, por la que se convocan ayudas para financiar los gastos de matrícula, del alumnado que curse enseñanzas artísticas en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación, o enseñanzas artísticas en Escuelas de la Comunidad de Castilla y León, durante el curso 2007/2008.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación, en el artículo 83.1 señala que para garantizar la igualdad de todas las personas en el ejercicio del derecho a la educación, los estudiantes con condiciones socioeconómicas desfavorables tendrán derecho a obtener becas y ayudas al estudio.

A tal efecto, mediante Orden EDU/1771/2006, de 9 de noviembre, ('Boletín Oficial de Castilla y León' n, º 221, de 16 de noviembre) se aprobaron las bases reguladoras de estas ayudas, de acuerdo con lo previsto en los artículos 9 y 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,

General de Subvenciones, si bien el régimen de concesión previsto en las citadas bases se ha visto alterado por la previsión legal contenida en el artículo 46.1 d) de la Ley 13/2005, de 27 de diciembre, de Medidas Financieras, en redacción dada por la disposición final primera de la Ley 15/2006, de 28 de diciembre. De conformidad con lo establecido en dichas normas, procede ahora convocar ayudas para financiar los gastos de matrícula durante el curso académico 2007/2008.

De este modo, siguiendo la línea iniciada en el curso académico anterior, se convocan estas ayudas para los alumnos que cursen enseñanzas artísticas, en cumplimiento del Plan Marco para el desarrollo de las enseñanzas escolares de Régimen Especial de Castilla y León, que prevé la adopción de medidas de carácter compensatorio para estas enseñanzas.

En consecuencia, de conformidad con lo establecido en las bases reguladoras de estas ayudas, con la salvedad prevista en el segundo párrafo de esta exposición de motivos, en el artículo 122 de la Ley 7/1986, de 23 de diciembre de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones RESUELVO:

Primero. Objeto.

La presente Orden tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia no competitiva, ayudas dirigidas a sufragar los gastos de matrícula para el alumnado que curse, durante el curso académico 2007/2008,

Enseñanzas Artísticas, en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación, o en Escuelas de la Comunidad de Castilla y León.

Segundo. Dotación Presupuestaria.

2.1. La cuantía global máxima de estas ayudas será de CUARENTA MIL EUROS (40.000 ) con cargo a la aplicación 07.02.322A04.48091 de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2008, sin perjuicio de que dicho importe se pudiera incrementar dependiendo de la cuantía aprobada en la citada Ley de Presupuestos.

2.2. Esta convocatoria está sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas de la concesión en el ejercicio correspondiente.

Tercero. Beneficiarios.

Para ser beneficiario de estas ayudas se deberán reunir los siguientes requisitos:

  1. Estar matriculado durante el curso académico 2007/2008 por cursos completos según el plan de estudios vigente en cada caso, en alguno de los siguientes centros:

    a.1) En centros públicos dependientes de Consejería de Educación de la Administración de la Comunidad de Castilla y León cursando alguno de los estudios siguientes:

    Enseñanzas elementales y profesionales de música.

    Estudios superiores de música.

    Enseñanzas de conservación y restauración de bienes culturales.

    Estudios superiores de diseño.

    a.2) En la Escuela Superior de Arte Dramático, en la Escuela Superior del Vidrio o en la Escuela Profesional de Danza de Castilla y León, cursando en ellas respectivamente, los estudios Superiores de Arte Dramático, los Estudios Superiores del Vidrio y las enseñanzas elementales o profesionales de Danza.

  2. Tener...

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