ORDEN EYE/1097/2010, de 16 de julio, por la que se modifica la Orden EYE/1933/2009, de 2 de octubre, por la que se adecua el Real Decreto 100/2009, de 6 de febrero, por el que se establecen medidas para facilitar la adaptación laboral del sector de fabricación y componentes del calzado, curtidos y marroquinería a los cambios estructurales en el comercio mundial, a las peculiaridades organizativas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyOrden

Mediante la Orden EYE/1933/2009, de 2 de octubre, se adecuó el Real Decreto 100/2009, de 6 de febrero, por el que se establecen medidas para facilitar la adaptación laboral del sector de fabricación y componentes del calzado, curtidos y marroquinería a los cambios estructurales en el comercio mundial, a las peculiaridades organizativas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

En virtud de lo dispuesto en el Real Decreto 1187/2001, de 2 de noviembre, sobre traspaso a la Comunidad de Castilla y León de la gestión realizada por el Instituto Nacional de Empleo en el ámbito del trabajo, el empleo y la formación, la gestión de esas subvenciones corresponde a dicha Comunidad.

El Real Decreto 1678/2009, de 13 de noviembre, por el que se establecen medidas para facilitar la adaptación laboral del sector del juguete a los cambios estructurales en el comercio mundial, determina, en su Disposición Adicional Undécima, que lo dispuesto en el artículo 12 respecto de las subvenciones por la incorporación como socios trabajadores o de trabajo en cooperativas y sociedades laborales será de aplicación en los Planes de apoyo regulados en el Real Decreto 100/2009, de 6 de febrero.

Por ese motivo es preciso modificar la Orden EYE/1933/2009, con el fin de incluir, como beneficiarias de las subvenciones para promocionar el empleo por cuenta propia, a las cooperativas y sociedades laborales en las que se incorporen, como socios trabajadores o de trabajo, los trabajadores desempleados excedentes del sector de fabricación y componentes del calzado, curtidos y marroquinería.

Por otra parte, la Ley 11/2007, de 22 de junio («B.O.E.» de 23 de junio), de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, reconoce a los ciudadanos el derecho a relacionarse con las Administraciones Públicas utilizando medios electrónicos para el ejercicio de los derechos previstos en el artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como para obtener informaciones, realizar consultas y alegaciones, formular solicitudes, manifestar consentimiento, entablar pretensiones, efectuar pagos, realizar

Asimismo, la Ley 2/2010, de 11 de marzo de derechos de los ciudadanos en sus relaciones con la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de Gestión Pública, en su artículo 44, reconoce el derecho de los ciudadanos a relacionarse electrónicamente con la Administración autonómica, pudiendo realizar sus trámites por medios electrónicos.

Por ello, con la finalidad de dar cumplimiento efectivo al derecho a formular solicitudes por medios electrónicos, es necesario introducir modificaciones en la EYE/1933/2009, de forma que los ciudadanos puedan presentar solicitudes de subvención y el resto de documentos a través del registro telemático de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, con idénticos efectos que la presentación realizada en las Oficinas de Registro presenciales.

En consecuencia, teniendo en cuenta las reglas establecidas en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, en lo que resulte de aplicación y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León y la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y Administración de la Comunidad de Castilla y León

DISPONGO:

Artículo Único

Modificar la Orden EYE/1933/2009, de 2 de octubre, por la que se adecua el Real Decreto 100/2009, de 6 de febrero, por el que se establecen medidas para facilitar la adaptación laboral del sector de fabricación y componentes del calzado, curtidos y marroquinería a los cambios estructurales en el comercio mundial, a las peculiaridades organizativas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en los siguientes términos:

Uno.- Se modifica la Disposición Adicional, que queda redactada del siguiente modo:

DISPOSICIÓN ADICIONAL.- RÉGIMEN DE MÍNIMIS

Las subvenciones establecidas en el artículo 11 del Real Decreto 100/2009, y en el artículo 12 del Real Decreto 1678/2009, de 13 de noviembre, en relación con su Disposición Adicional Undécima, están sometidas al régimen de mínimis, en los términos establecidos en el Reglamento (CE) n.º 1998/2006 de la Comisión de 15 de diciembre de 2006, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas de mínimis.

Dos.- Se modifica el punto 5, de la letra A), de la Base 1.ª, que queda redactado del siguiente modo:

5...

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