ORDEN IYJ/108/2009, de 23 de enero, por la que se efectúa convocatoria pública para la concesión de ayudas a Mancomunidades municipales y demás entidades locales de carácter supramunicipal con cargo al Fondo de Cooperación Local para 2009 (Continúa en Suplemento)

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejería de Interior y Justicia
Rango de LeyOrden

ORDEN IYJ/108/2009, de 23 de enero, por la que se efectúa convocatoria pública para la concesión de ayudas a Mancomunidades municipales y demás entidades locales de carácter supramunicipal con cargo al Fondo de Cooperación Local para 2009.

La Ley 1/1998, de 4 de junio, de Régimen Local de Castilla y León ('B.O.C. y L.' n.º 109, de 11 de junio) dispone en su artículo 31.2 que, en la concesión de ayudas a Entidades Locales, la Administración de la Comunidad de Castilla y León dará tratamiento preferente a aquéllas que financien obras y servicios municipales cuya realización o prestación sea mancomunada.

En este sentido, dentro de la estructura de la Cooperación Económica Local General, integrada por el Fondo de Cooperación Local, el Fondo de Apoyo Municipal y los créditos del Pacto Local de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, el Fondo de Cooperación Local incluye una línea para inversiones de Mancomunidades Municipales y demás entidades locales de carácter supramunicipal.

La Junta de Castilla y León, en su reunión de 3 de noviembre de 2005, aprobó el Pacto Local, que contiene una serie de compromisos y medidas, cuyo objetivo último es la defensa del papel que los Municipios han de cumplir en la satisfacción de las demandas de servicios de sus vecinos, bien directamente, o bien indirectamente a través de las formulas de asociación voluntaria como las Mancomunidades municipales, los Consorcios u otras. Ello supone un mayor esfuerzo presupuestario para la Cooperación Económica con las entidades locales.

Como consecuencia del Pacto Local de Castilla y León las cantidades que inicialmente se destinen para esta línea en los presupuestos para 2009, se van a ver incrementadas.

Además, se ha valorado de forma positiva la experiencia piloto realizada en la convocatoria del ejercicio pasado por la que se adquirieron directamente por la Junta de Castilla y León un número determinado de camiones de recogida de residuos sólidos urbanos y se cedieron posteriormente a las Mancomunidades municipales beneficiarias previstas en la orden de resolución de aquélla convocatoria. Con esta fórmula se favoreció a éstas entidades locales, no sólo por el hecho de facilitar su adquisición, liberándolas de todos los trámites administrativos necesarios para ello, sino también porque permitió su adquisición en unas condiciones económicas y contractuales más favorables. Por estas razones, en esta convocatoria, se ha decidido continuar aplicando esta fórmula de adquisición, por lo que se prevé asistir y apoyar a las Mancomunidades que soliciten estos bienes en la presente convocatoria, dentro de los límites que se establecen en la misma.

En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 5 y 21 del Decreto 53/2002, de 4 de abril, regulador del Fondo de Cooperación Local de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO:

Primero.

  1. Se convocan ayudas con destino a inversiones de Mancomunidades municipales y demás entidades locales de carácter supramunicipal con cargo al Fondo de Cooperación Local del año 2009, de acuerdo con el régimen establecido en la presente Orden.

  2. El límite máximo de concesión de ayudas para la presente convocatoria será de SIETE MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS VEINTE euros (7.267.920 ).

    Segundo.

  3. Podrán solicitar las ayudas a que se refiere la presente convocatoria las siguientes Entidades Locales:

    · Mancomunidades municipales.

    · Comunidades de Villa y Tierra, Comunidades de Tierra, Asociaciones y otras entidades asociativas tradicionales.

    · Comarcas.

  4. Las Entidades Locales solicitantes deberán estar válidamente constituidas antes que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

    Excepcionalmente podrán solicitar ayudas las Mancomunidades de Municipios en proceso de constitución, siempre que la Comisión...

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