ORDEN EDU/75/2012, de 15 de febrero, por la que se efectúa convocatoria para la acreditación de maestros tutores de prácticas y para el reconocimiento de centros de formación de prácticas vinculados a la realización de las prácticas de las enseñanzas universitarias de Grado en Educación Infantil y de Grado en Educación Primaria en la Comunidad de Castilla y León para el curso académico 2011/2012.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

Por la Orden EDU/9/2012, de 13 de enero, se regula con carácter experimental la realización de las prácticas de las enseñanzas universitarias de Grado en Educación Infantil y de Grado en Educación Primaria en determinados centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León que imparten estas enseñanzas y se delega la competencia para dictar resolución sobre la acreditación de los maestros tutores de prácticas y sobre el reconocimiento de los centros de formación en prácticas.

En el artículo 4 de esta orden se establece la figura del maestro tutor de prácticas como responsable, en el centro educativo en que preste sus servicios, de la formación práctica del alumnado a él asignado que esté realizando las prácticas escolares incluidas en el practicum de las enseñanzas universitarias de Grado en Educación Infantil y de Grado en Educación Primaria, para lo cual requerirá previa acreditación que se concederá conforme al procedimiento establecido.

Asimismo en el artículo 5 de la citada orden se establecen los requisitos que han de reunir los centros docentes para poder obtener el reconocimiento como centro de formación en prácticas, previa solicitud del centro interesado o de oficio por la Administración Educativa a los efectos de la realización de las mencionadas prácticas, si bien con la finalidad de promover el desarrollo de actuaciones educativas dirigidas a lograr los objetivos institucionales de la Consejería de Educación, se reconoce la preferencia, tanto para el reconocimiento de los centros, como para la acreditación del personal docente, de los que lleven a cabo actuaciones con dicha finalidad.

En el artículo 11.2.a) de la Orden EDU/9/2012, de 13 de enero, se encomienda a la Consejería de Educación realizar las oportunas convocatorias para la acreditación de maestros tutores de prácticas y para el reconocimiento de centros de formación en prácticas.

Por todo ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León

RESUELVO

Primero.- Objeto.

La presente orden tiene por objeto efectuar la convocatoria para la acreditación de maestros tutores de prácticas y para el reconocimiento de centros de formación de prácticas vinculados a la realización de las prácticas de las enseñanzas universitarias de Grado en Educación Infantil y de Grado en Educación Primaria en la Comunidad de Castilla y León para el curso académico 2011/2012.

Segundo.- Destinatarios.

Podrán participar en esta convocatoria el personal docente que cumpla los requisitos establecidos en el artículo 4.3 de la Orden EDU/9/2012, de 13 de enero, por la que se regula con carácter experimental la realización de las prácticas de las enseñanzas universitarias de Grado en Educación Infantil y de Grado en Educación Primaria en determinados centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León que imparten estas enseñanzas y se delega la competencia para dictar resolución sobre al acreditación de los maestros tutores de prácticas y sobre el reconocimiento de los centros de formación en prácticas, y los centros docentes sostenidos con fondos públicos que impartan enseñanzas de Educación Infantil, de Educación Primaria, o ambas, incluidos en el ámbito territorial delimitado por el distrito universitario de Valladolid, integrado por las provincias de Valladolid, Palencia, Segovia y Soria, y por el de la Universidad Pontificia de Salamanca, y que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 5 de la citada orden.

Tercero.- Compromisos.

3.1. La participación del personal docente y de los centros educativos en la presente convocatoria conllevará la aceptación de lo establecido en esta orden.

3.2. Asimismo, tanto el personal docente que sea acreditado como maestro tutor en prácticas, como los centros docentes que sean reconocidos como centros de formación en prácticas...

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