RESOLUCIÓN de 11 de noviembre de 2010, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca, en el curso 2010/2011, la acreditación de la competencia lingüística en lenguas extranjeras del profesorado funcionario e interino de los cuerpos de Maestros, Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Técnicos de Formación Profesional.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Agricultura y Ganaderia
Rango de LeyResolución

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece, en su artículo 2, que uno de los fines del sistema educativo español es la capacitación para la comunicación en la lengua oficial y cooficial, si la hubiere, y en una o más lenguas extranjeras.

Mediante la Orden EDU/6/2006, de 4 de enero, se reguló la creación de secciones bilingües en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León. Dicha norma recoge en su artículo 11.1 respecto a la formación del profesorado que «El profesorado de las áreas no lingüísticas autorizadas para su impartición en el idioma de la sección bilingüe deberá tener un adecuado conocimiento de ese idioma».

Por otro lado debe tenerse presente que la disposición adicional primera del Decreto 40/2007, de 3 de mayo, por el que se establece el currículo de la Educación Primaria en la Comunidad de Castilla y León dispone que «La Consejería competente en materia de educación podrá autorizar que una parte de las áreas del currículo se imparta en lenguas extranjeras, de acuerdo con los requisitos y el procedimiento establecido en la Orden EDU/6/2006, de 4 de enero, por la que se regula la creación de secciones bilingües en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León». Idéntica alusión se recoge, respecto a las materias del currículo, en la disposición adicional primera del Decreto 52/2007, de 17 de mayo, por el que se establece el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria y en el Decreto 42/2008, de 5 de junio, por el que se establece el currículo del bachillerato en la Comunidad de Castilla y León. En el mismo sentido, los últimos Decretos publicados, que establecen el currículo de los diferentes ciclos formativos de Formación Profesional, señalan en su articulado la posibilidad de impartir sus enseñanzas en lenguas extranjeras.

Como continuidad al apoyo en el uso de lenguas extranjeras, mediante la Orden EDU/884/2004, de 8 de junio, se crearon las secciones lingüísticas de lengua inglesa en diversos Institutos de Educación Secundaria, en los que se imparte el currículo integrado previsto en el Convenio de 1 de febrero de 1996 suscrito entre el Ministerio de Educación y Ciencia y The British Council, con la finalidad de permitir a sus alumnos la obtención simultánea, al finalizar la educación obligatoria, de los títulos académicos de España y el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte.

Asimismo, debe tenerse presente que las acciones destinadas a la potenciación del aprendizaje de lenguas extranjeras en el ámbito de la formación profesional pueden

contribuir a facilitar el acceso, la movilidad y el progreso en los diferentes itinerarios formativos y profesionales.

Por tanto se hace necesario concretar la acreditación lingüística correspondiente al profesorado dependiente de la Comunidad de Castilla y León, sin perjuicio de que a través de los órganos correspondientes de la Consejería de Educación se promueva la realización de actividades específicas de formación a todo el profesorado que lo desee con el objeto de obtener las titulaciones que permitan la consecución de la citada acreditación lingüística, y se impulse asimismo la preferencia para la obtención de ayudas para actividades de formación o licencias por estudios a aquellas solicitudes relacionadas con la obtención de dichas titulaciones.

Para el desarrollo de los proyectos mencionados y con el objeto de proceder a la futura cobertura de puestos con profesorado con competencia lingüística contrastada en el idioma correspondiente, esta Dirección General, de conformidad con la disposición final primera de la Orden EDU/6/2006, de 4 de enero y el artículo 7 del Decreto 76/2007, de 12 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, resuelve hacer pública la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR