ORDEN EDU/762/2008, de 12 de mayo, por la que se convocan ayudas para financiar la adquisición de libros de texto para el alumnado que curse Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria en centros docentes de la Comunidad de Castilla y León, durante el curso 2008/2009.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

ORDEN EDU/762/2008, de 12 de mayo, por la que se convocan ayudas para financiar la adquisición de libros de texto para el alumnado que curse Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria en centros docentes de la Comunidad de Castilla y León, durante el curso 2008/2009.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece que para garantizar la igualdad de todas las personas en el ejercicio del derecho a la educación, los estudiantes con condiciones socioeconómicas desfavorables tendrán derecho a obtener becas y ayudas al estudio.

La importante demanda social orientada a obtener ayudas para compensar los gastos que el principio de curso ocasiona a las familias, en particular con motivo de la adquisición de libros de texto, hace preciso convocar ayudas económicas para financiar dichos gastos, dentro de las disponibilidades presupuestarias de esta Comunidad Autónoma.

A tal efecto, y al amparo de la previsión legal contenida en el artículo 46.1 a) de la Ley 13/2005, de 27 de diciembre, de medidas financieras, mediante Orden EDU/ 553 /2006, de 3 de abril ('Boletín Oficial de Castilla y León' de 7 de abril) modificada por orden EDU/629/2008, de 16 de abril ('Boletín Oficial de Castilla y León' de 24 de abril), se han aprobado las bases reguladoras de estas ayudas, de acuerdo con lo previsto en los artículos 9 y 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. De conformidad con lo establecido en su artículo 4 procede ahora convocar las ayudas para financiar la adquisición de libros de texto durante el curso 2008/2009.

Asimismo, y de acuerdo con la previsión contenida en el artículo 1.2 de las bases reguladoras, con la finalidad de conseguir una mayor agilidad administrativa, y a la vez simplificar los trámites a los ciudadanos, se coordina la presente convocatoria de ayudas, con la que realiza el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, de modo que los interesados deberán presentar una única solicitud para participar en las dos convocatorias y tener así acceso a ambas ayudas.

En la presente convocatoria se sigue la línea ya iniciada en convocatorias anteriores, otorgando una especial atención a colectivos con mayores dificultades y que por sus circunstancias personales y familiares, pueden necesitar un mayor apoyo económico. Así, se mantiene la supresión del requisito del límite de renta en familias numerosas, familias en las que alguno de sus miembros cuente con algún tipo de discapacidad, o bien sean víctimas de la violencia de género o víctimas de terrorismo.

En consecuencia, de conformidad con lo establecido en las bases reguladoras de estas ayudas, el artículo 122 de la Ley 7/1986, de 23 de diciembre, de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,

RESUELVO Primero. Objeto.

1.1. La presente Orden tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia no competitiva, ayudas para financiar la adquisición de libros de texto para el alumnado que curse estudios de Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria en centros docentes de la Comunidad de Castilla y León, durante el curso 2008/2009.

1.2. La concesión de estas ayudas se efectuará en dos fases en función de la obtención de las ayudas que para libros de texto y material didáctico convoque el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte para el curso 2008/2009.

Segundo. Cuantía y dotación presupuestaria.

2.1. La cuantía global máxima del crédito para estas ayudas será de TRES MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS EUROS (3.546.700 ), con cargo a la aplicación 07.01.322A05.48088 de los Presupuestos Generales de esta Comunidad para el año 2008 y de SIETE MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS EUROS (7.977.700 ), con cargo a la misma aplicación de los Presupuestos Generales de esta Comunidad para el año 2009.

Dicho crédito podrá ser ampliado si las circunstancias lo requieren, mediante la modificación de la presente Orden y la realización de los oportunos trámites de fiscalización.

2.2. La cuantía de las ayudas será de CIENTO DIECISÉIS EUROS (116 ) por alumno que vaya a cursar Educación Primaria, de CIENTO TREINTA Y SEIS EUROS (136 ) por alumno que vaya a cursar 1.º y 2.º de Educación Secundaria Obligatoria y de CIENTO CINCUENTA EUROS (150 ) por alumno que vaya a cursar 3.º y 4.º de Educación Secundaria Obligatoria.

Para los alumnos que cursen sus estudios dentro de los programas bilingües, las cuantías serán de DOSCIENTOS EUROS (200 ) por alumno que vaya a cursar Educación Primaria y de TRESCIENTOS EUROS (300 ) por alumno que vaya a cursar Educación Secundaria Obligatoria.

Por su parte, aquellos alumnos que obtengan la...

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