DECRETO 253/1993, de 21 de octubre, por el que se establecen ayudas a las Pequeñas y Medianas Empresas del sector industrial castellano-leonés para la financiación de operaciones de descuento comercial avaladas por Sociedades de Garantía Recíproca.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Economia y Hacienda
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 25-10-1993 Nº Boletín: 205 / 1993

DECRETO 253/1993, de 21 de octubre, por el que se establecen ayudas a las Pequeñas y Medianas Empresas del sector industrial castellano-leonés para la financiación de operaciones de descuento comercial avaladas por Sociedades de Garantía Recíproca.

El Acuerdo para el Desarrollo Industrial de Castilla y León 1993-1996, firmado el pasado 28 de abril con los principales Agentes Sociales y Económicos Regionales, contempla, entre las medidas a adoptar para dinamizar y reforzar la industria de la Región, un programa de ayudas financieras dirigido a las Pequeñas y Medianas Empresas.

Entre los principales problemas con que se encuentran las Pequeñas y Medianas Empresas está la dificultad para la obtención de líneas bancarias de descuento de papel comercial.

Dentro del programa de ayudas que contempla el Acuerdo firmado, el presente Decreto pretende regular la concesión de ayudas a las PYMES del sector industrial para la financiación de operaciones de descuento comercial. Estas operaciones deberán estar avaladas por las Sociedades de Garantía Recíproca de la Región, con el fin de eliminar el riesgo de las Entidades de Crédito.

Con el fin de reducir el coste financiero soportado por las PYMES en estas operaciones, se subvencionará el importe de la comisión devengada por el aval prestado por las Sociedades de Garantía Recíproca y se negociará con las Entidades de Crédito unos costes financieros adecuados.

El volumen global de descuento comercial objeto de subvención durante el tiempo en que se mantenga abierta esta línea de financiación se fija en 40.000 millones de pesetas.

La obtención de estas ayudas exigirá que las empresas tengan un patrimonio neto no inferior al 25% de su activo total, pudiendo los socios de las empresas que no cumplan dicho requisito acudir a un apoyo especifico establecido para ese supuesto.

Los principios de celeridad y eficacia que deben regir la actuación administrativa, unidos a la urgencia de puesta en marcha de esta línea de apoyo a las pequeñas y medianas empresas industriales, aconsejan hacer uso de la posibilidad de tramitar anticipadamente los expedientes correspondientes a las subvenciones que se convocan, de conformidad con lo dispuesto en la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 24 de febrero de 1983, sobre tramitación de expedientes de gasto.

Por lo expuesto, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, y previa deliberación de la Junta de Consejeros, en su reunión de 21 de octubre de 1993.

DISPONGO:

Artículo 1º

Objeto: La Junta de Castilla y León, a través de la Consejería de Economía y Hacienda, en colaboración con las Entidades Financieras que operan en la Región, pone a disposición de las Pequeñas y Medianas...

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