ORDEN CYT/1416/2009, de 26 de junio, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones para financiar la producción de largometrajes cinematográficos. (REAY CYT 002

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Cultura y Turismo
Rango de LeyOrden
ANEXO I BALNEARIOS Y TURNOS. PROGRAMA DE TERMALISMO PARA PERSONAS MAYORES EN CASTILLA Y LEÓN - AÑO 2009

CONSEJERÍA DE CULTURA Y TURISMO ORDEN CYT/1416/2009, de 26 de junio, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones para financiar la producción de largometrajes cinematográficos. (REAY CYT 002).

Vista la Orden CYT/207/2009, de 5 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a financiar la producción de largometrajes cinematográficos, y la Orden CYT/265/2009, de 13 de febrero, por la que se convocan subvenciones para financiar la producción de largometrajes cinematográficos.

Visto el cumplimiento por parte de los beneficiarios propuestos de todos los requisitos exigidos para acceder a la subvención de conformidad con las bases reguladoras y la orden de convocatoria.

Habiéndose tenido en cuenta los criterios de selección que figuran en el artículo 9 de la Orden CYT/207/2009, de 5 de febrero.

Vista la propuesta elaborada por la Ilma. Sra. Directora General de Promoción e Instituciones Culturales, conforme a lo dispuesto en el artículo 10 de la Orden CYT/207/2009, de 5 de febrero.

RESUELVO Primero. Conceder las subvenciones que se relacionan en el Anexo I por un importe total de QUINIENTOS MIL EUROS (500.000,00 ), con cargo a la aplicación presupuestaria 10.03.334A01.7700Q de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2009.

Segundo. Desestimar las solicitudes que se relacionan en el Anexo II, en base a la prelación de solicitudes una vez aplicados los criterios de selección, así como la disponibilidad presupuestaria.

Tercero. Excluir las solicitudes que se relacionan en el Anexo III.

Cuarto. El abono de las subvenciones se efectuará de acuerdo con lo establecido en el artículo 15 de la Orden CYT/265/2009, de 13 de febrero.

Los beneficiarios quedan obligados a presentar la documentación justificativa relacionada en el artículo 14 de la Orden CYT/265/2009, de 13 de febrero.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Igualmente, con carácter pre vio y...

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