Orden FOM/170/2003, de 20 de febrero, de revisión de tarifas de los servicios interurbanos de transporte público discrecional de viajeros en vehículos turismo.
Sección | IV - Otras Disposiciones y Acuerdos |
Rango de Ley | Orden |
C/ Ramón González Alegre, 15
24400 - PONFERRADA (LEÓN)
C/ Estación, 25
09200 - MIRANDA DE EBRO (BURGOS)
OFICINAS GENERALES DE INFORMACIÓN, Y ATENCIÓN AL CIUDADANO
Edificio Administrativo de la Delegación Territorial
Pasaje del Císter, 1
05071 - ÁVILA
Edificio Administrativo de la Delegación Territorial
Plaza de Bilbao n.º 3
09071 - BURGOS
Edificio Administrativo de la Delegación Territorial
Avda. Peregrinos, s/n.
24071 - LEÓN
Edificio Administrativo de la Delegación Territorial
Avda. Casado del Alisal, 27
34071 - PALENCIA
Edificio Administrativo de la Delegación Territorial
Plaza de la Constitución, 1
37071 - SALAMANCA
Edificio Administrativo de la Delegación Territorial
Plaza de los Espejos, 1 y Plaza Reina Doña Juana, 5
40071 - SEGOVIA
Edificio Administrativo de la Delegación Territorial
Plaza Mariano Granados, 1
42002 SORIA
Edificio Administrativo de la Delegación Territorial
C/ Duque de la Victoria, 5
47071- VALLADOLID
Edificio Administrativo de la Delegación Territorial
C/ Leopoldo Alas 'Clarín', 4
49071 - ZAMORA
TRIBUNAL TITULAR
Presidente: D. Eduardo García Rodríguez.
Vocales de la Administración:
D. Jesús Tomás Jiménez Martín
D. Ignacio Burón Álvarez
D. Juan Martínez López
Secretario:
D.' M.' Carmen Sánchez Martín.
TRIBUNAL SUPLENTE
Presidente: D. Pablo Lebrato Rojo.
Vocales de la Administración:
D. Carlos Javier Escudero Espinosa
D.' Estrella González Alonso.
D. Gerardo Sánchez-Granjel Santander.
Secretario:
D.' Amaya Urbaneja Ortega.
ORDEN FOM/170/2003, de 20 de febrero, de revisión de tarifas de los servicios interurbanos de transporte público discrecional de viajeros en vehículos turismo.
Por Ley Orgánica 5/1987, de 30 de julio, se delegaron en las Comunidades Autónomas las competencias del Estado en materia de autorizaciones administrativas de servicio público discrecional en vehículos con capacidad máxima de hasta nueve plazas, incluido el conductor, serie VT, comprendiendo dicha dele gación la facultad de fijar lar tarifas y su revisión. En ejercicio de esta competencia delegada, por Orden de la Consejería de Fomento de 23 de enero de 2002, se revisaron las tarifas que se habían establecido en la Orden de 26 de diciembre de 2000, que reguló el régimen de tarifas de los servicios públicos de transporte discrecional de viajeros en vehículos turismo.
El incremento ex p e rimentado en los costes de explotación de estos serv icios en el tiempo tra n s c u rri d...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba