ORDEN FOM/1934/2006, de 20 de noviembre, por la que se acuerda conceder la Acreditación en diversas Áreas al Laboratorio de la Empresa Compañía de Servicios integrados de calidad y control, S.A., (CSICC) sito en Carretera Nacional 630, Km. 154, Onzonilla (León).

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

ORDEN FOM/1934/2006, de 20 de noviembre, por la que se acuerda conceder la Acreditación en diversas Áreas al Laboratorio de la Empresa Compañía de Servicios integrados de calidad y control, S.A., (CSICC) sito en Carretera Nacional 630, Km. 154, Onzonilla (León).

ANTECEDENTES DE HECHO 1. Con fecha 11 de septiembre de 2006 se registró escrito de D. Francisco Javier García Santidrián, en representación de la empresa COMPAÑÍA DE SERVICIOS INTEGRADOS DE CALIDAD Y CONTROL,

S.A., (CSICC), en el que solicitaba la concesión de la acreditación del laboratorio de esta empresa sito en Carretera Nacional 630, Km. 154,

Onzonilla (León), en las áreas, áridos, Mezclas bituminosas y sus materiales constituyentes en viales (VSG) y de control del hormigón y componentes (EHC).

  1. Una vez instruido el expediente correspondiente, relativo a la solicitud de obtención de la acreditación en las áreas referidas en el apartado anterior, se informó favorablemente por la Secretaría General de la Consejería de Fomento, proponiéndose en consecuencia la concesión de la acreditación en las áreas precitadas.

    FUNDAMENTOS DE DERECHO 1. El Decreto 45/2005, de 2 de junio ('B.O.C. y L.' n.º 111 de 9 de junio) en ejercicio de las competencias otorgadas a la Consejería de Fomento por la legislación que se cita en su preámbulo aprobó las disposiciones reguladoras de la acreditación de Laboratorios de Ensayos para el Control de Calidad de la Construcción. El artículo 6 de este Decreto establece que la concesión, renovación o cancelación de las acreditaciones corresponden al Consejero de Fomento, a propuesta del Secretario General de la Consejería.

  2. Por otra parte, la disposición final segunda del Decreto 45/2005 faculta al Consejero de Fomento para dictar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo y ejecución del mismo. Así por Orden FOM/757/2005, de 10 de junio ('B.O.C. y L.' n.º 112 de 10 de junio) se aprobaron las disposiciones reguladoras comunes y específicas de la acreditación de Laboratorios de Ensayos para el Control de Calidad de la Construcción en las distintas áreas técnicas de acreditación, que resultan de aplicación para resolver la solicitud de la acreditación en las áreas mencionadas en los Antecedentes de Hecho.

  3. Habiendo resultado acreditado durante la instrucción del expediente el cumplimiento de las disposiciones comunes y específicas aplicables, por razón de las áreas concretas a que se refiere la solicitud de acreditación como laboratorio de...

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