ORDEN ADM/1824/2007, de 30 de octubre, por la que se convocan las pruebas selectivas para el ingreso (turno libre y de personas con discapacidad) en el Cuerpo de Letrados de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y para la constitución de la bolsa de empleo de este Cuerpo.

SecciónIII - Autoridades y Personal
EmisorConsejería de Administración AutonóMica
Rango de LeyOrden

ORDEN ADM/1824/2007, de 30 de octubre, por la que se convocan las pruebas selectivas para el ingreso (turno libre y de personas con discapacidad) en el Cuerpo de Letrados de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y para la constitución de la bolsa de empleo de este Cuerpo.

En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 21/2007, de 8 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2007, y en la Orden PAT/383/2007, de 9 de marzo, por la que se establecen las bases comunes que regirán la gestión de los procesos selectivos del personal derivados de la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2007 (publicados en el 'Boletín Oficial de Castilla y León' de 9 y 12 de marzo, respectivamente), con el fin de atender las necesidades de personal de esta Administración Regional, la Consejería de Administración Autonómica, en uso de las competencias que le atribuye el artículo 7.2.k) de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León ('Boletín Oficial de Castilla y León' de 31 de mayo),

ACUERDA Convocar las pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Letrados de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y para la constitución de su bolsa de empleo con sujeción a las siguientes BASES Primera. Normas generales.

1.1. Se convocan las pruebas selectivas para cubrir 5 plazas en el Cuerpo de Letrados de la Administración de la Comunidad de Castilla y León de acuerdo con la siguiente distribución:

  1. 4 plazas para el turno de acceso libre.

  2. 1 plaza reservada a personas con discapacidad, con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.

    1.2. En el supuesto de que no se cubra la vacante del turno de personas con discapacidad, no se acumulará a las ofertadas en el turno libre.

    1.3. Los aspirantes únicamente podrán participar en uno de los turnos establecidos.

    1.4. La realización de estas pruebas selectivas se ajustará a lo establecido en: la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León; en el Decreto 67/1999, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal y de Provisión de Puestos de Trabajo de los Funcionarios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en lo que no contravenga a las precitadas Leyes; en el Decreto 21/2007, de 8 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2007; en la Orden PAT/383/2007, de 9 de marzo, por la que se establecen las bases comunes que regirán la gestión de los procesos selectivos del personal derivados de la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2007, así como en las bases de la presente Orden.

    1.5. El programa de estas pruebas selectivas es el que figura en el Anexo I.

    1.6. El procedimiento de selección de todos los aspirantes será el de oposición y estará formado por los cuatro ejercicios que a continuación se indican, siendo todos ellos eliminatorios.

    Primer ejercicio. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un tiempo máximo de cuatro horas, un tema de Derecho Civil y otro de Derecho Administrativo, sorteados entre los que hayan sido propuestos previamente por el Tribunal, en relación con las materias contenidas en los programas correspondientes a dichas disciplinas que figuran en el programa. Dichos temas tendrán la amplitud precisa para poner de relieve la formación jurídica de los opositores, quienes entregarán sus trabajos al Tribunal, procediéndose a guardarlos en sobres lacrados. En días sucesivos se verificará la lectura de los ejercicios, efectuándose al final la calificación conjunta de todos los opositores.

    Segundo ejercicio. Consistirá en la exposición oral, durante un tiempo máximo de una hora, de seis temas, elegidos al azar del programa: dos de Derecho Civil, uno de Derecho Mercantil, dos de Derecho Procesal y uno de Derecho del Trabajo.

    Tercer ejercicio. Consistirá en la exposición oral, durante un tiempo máximo de una hora, de seis temas, elegidos al azar del programa: uno de Derecho Constitucional, dos de Derecho Administrativo, uno de Derecho Autonómico y de la Unión Europea, uno de Derecho Financiero y Tributario y uno de Derecho Penal.

    Cuarto ejercicio. De carácter práctico, consistirá en la redacción durante un tiempo máximo de seis horas, de un dictamen o de una actuación judicial, a propuesta del Tribunal, y común para todos los aspirantes, sobre un asunto en el que esté interesada la Comunidad Autónoma. Para la redacción de este ejercicio podrán manejarse textos legales y jurisprudenciales. Concluido el ejercicio los opositores entregarán sus trabajos al Tribunal, procediéndose a guardarlos en sobres lacrados. En días sucesivos se verificará la lectura de los ejercicios, efectuándose al final la calificación conjunta de todos los opositores.

    Para la realización de los ejercicios segundo y tercero los opositores dispondrán de un período de diez minutos para la preparación del respectivo ejercicio, sin que puedan consultar ninguna clase de textos o apuntes, si bien podrán utilizar durante la exposición oral el esquema o guión que hayan realizado.

    Una vez finalizado el primer tema o transcurridos diez minutos de la exposición, el Tribunal podrá decidir que el aspirante abandone la prueba por estimar su actuación notoriamente insuficiente.

    1.7. El procedimiento selectivo deberá resolverse en el plazo máximo de ocho meses. Los solicitantes podrán entender desestimadas sus peticiones transcurrido el tiempo máximo establecido sin que recaiga resolución expresa.

    Segunda. Constitución de la bolsa de empleo.

    2.1. De conformidad con lo dispuesto en el apartado segundo del artículo 43 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, se constituirá la bolsa de empleo del Cuerpo de Letrados de la Administración de Castilla y León en la que se integrarán preferentemente los aspirantes que, habiendo manifestado su voluntad de acceder a ésta en su solicitud, y habiendo aprobado alguno de los ejercicios de carácter eliminatorio del proceso selectivo, no hubieran superado el último con puntuación suficiente para obtener plaza de funcionario de carrera.

    Igualmente formarán parte de la bolsa de empleo quienes, habiendo manifestado su voluntad de acceder a ésta en su solicitud, no hayan superado ningún ejercicio de la fase de oposición y hayan obtenido en el primero una calificación superior a 0 puntos.

    2.2. Los aspirantes podrán manifestar su voluntad de acceder a la bolsa de empleo para una sola provincia.

    2.3. El orden de prelación de los aspirantes que constituyan la bolsa de empleo se establecerá según el número de ejercicios eliminatorios superados y entre aquéllos que hubieren superado igual número de ejercicios, en virtud de la puntuación global obtenida en los mismos.

    La prelación entre aquéllos que no hubieran superado ninguno de los ejercicios eliminatorios se establecerá según la puntuación obtenida en el primero de ellos.

    En caso de empate en la puntuación obtenida por varios aspirantes éste se deshará por orden alfabético, comenzando por la letra que determina el orden de actuación de los aspirantes en el proceso selectivo.

    No obstante, tendrán derecho de llamamiento preferente los aspirantes integrados en la bolsa en el turno de reserva a personas con discapacidad igual o superior al 33% en los términos establecidos en la Orden citada en el apartado siguiente de esta base.

    2.4. La gestión y funcionamiento de la bolsa de empleo se ajustará a lo dispuesto en la Orden PAT/384/2007, de 9 de marzo, por la que se establece el procedimiento de gestión y funcionamiento de las bolsas de empleo derivadas de las pruebas selectivas para ingreso en los cuerpos, escalas y especialidades de funcionarios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

    Tercera. Requisitos de los aspirantes.

    Además de los requisitos establecidos en la precitada Orden PAT/383/2007, de 9 de marzo, para ser admitido a la realización de pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes:

    3.1. Ser español.

    3.2. Estar en posesión del titulo de Licenciado en Derecho, o en condiciones de obtenerlo a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

    Cuarta. Solicitudes.

    4.1. Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán cumplimentar el modelo de instancia que se facilitará gratuitamente en las Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano de la Junta de Castilla y León referidos en el Anexo de la Orden PAT/383/2007, de 9 de marzo, y en la página web de la Junta de Castilla y León (http://www.jcyl.es/). Para rellenar la solicitud se podrá utilizar el formulario que aparece publicado en la web de la Junta de Castilla y León. Su utilización no supondrá en ningún caso la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, del impreso de solicitud y del pago de la tasa con arreglo a lo regulado en esta base.

    4.2. Los correspondientes recuadros de la instancia se rellenarán conforme a las instrucciones que figuran en el Anexo II de la presente convocatoria.

    4.3. Los aspirantes con discapacidad podrán solicitar las necesidades específicas de adaptación y ajuste de tiempo y medios que consideren oportunas para participar en las pruebas selectivas en condiciones de igualdad.

    Para ello harán...

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