ORDEN FOM/2329/2009, de 23 de noviembre, de otorgamiento de la adjudicación definitiva de la concesión administrativa para la gestión indirecta del servicio público de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia a dos emisoras comerciales en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Fomento
Rango de LeyOrden

del Servicio Público de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia, para emisoras comerciales, en la Comunidad de Castilla y León.

Corresponde al Consejero competente en materia de radiodifusión la competencia para resolver la adjudicación de la concesión para la gestión del servicio público de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia a las emisoras comerciales de la Comunidad Autónoma, en virtud de lo dispuesto en el artículo 21 del Decreto 71/2008, de 9 de octubre, por el que se regula el Régimen Jurídico de las emisoras de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León ('B.O.C. y L.' n.º 200, de 16 de octubre).

Los artículos 17 y siguientes del Decreto 71/2008, de 9 de octubre, y el artículo 3 del Real Decreto 1388/1997, de 5 de septiembre, por el que se aprueba un incremento de frecuencias para gestión indirecta de emisoras, dentro del Plan Técnico Nacional de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia ('B.O.E.' n.º 220, de 13 de septiembre de 1997), establecen los trámites que los adjudicatarios provisionales han cumplido previamente a la concesión del servicio público por parte de la Junta de Castilla y León.

A tenor de lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto 71/2008, de 9 de octubre, y la disposición adicional sexta de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, modificada por la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social ('B.O.E.' de 31 de diciembre de 2002) y por la Ley 10/2005, de 14 de junio, de Medidas Urgentes para el Impulso de la Televisión Digital Terrestre, de Liberalización de la Televisión por Cable y de Fomento del Pluralismo: 'las concesiones se otorgarán por un plazo de diez años y se renovarán sucesivamente por períodos iguales, salvo que el titular haya incumplido alguna de las obligaciones esenciales de la concesión o haya sido condenado mediante sentencia firme por vulnerar algún derecho fundamental.' De acuerdo con lo dispuesto,

DISPONGO Adjudicar definitivamente la concesión a la emisora comercial que se relaciona, para la gestión indirecta del servicio público de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia.

El Consejero de Fomento,

Fdo.: ANTONIO SILVÁN RODRÍGUEZ ORDEN FOM/2329/2009, de 23 de noviembre, de otorgamiento de la adjudicación definitiva de la concesión administrativa para la gestión indirecta del servicio público de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia a dos emisoras comerciales en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León.

La Comunidad de Castilla y León tiene competencia de desarrollo normativo y ejecución en materia de radio, según lo dispuesto en el artículo 71.1.12.' de la Ley Orgánica 4/1983, de 25 de febrero, del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, en la redacción dada por la Ley Orgánica 14/2007, de 30 de noviembre.

A tal efecto, por Real Decreto 1684/1994, de 22 de Julio, se traspasaron funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Castilla y León en materia de radiodifusión ('B.O.E.' n.º 216, de 9 de septiembre de 1994).

Por Real Decreto...

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