RESOLUCIÓN de 31 de mayo de 2007, de la Dirección General de Calidad Ambiental, por la que se hace pública la Autorización Ambiental a Hispaenergy del Cerrato, S.A., para el proyecto de instalación de una planta para la producción de biodiesel, en el término municipal de Herrera de Valdecañas (Palencia).

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Medio Ambiente
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 31 de mayo de 2007, de la Dirección General de Calidad Ambiental, por la que se hace pública la Autorización Ambiental a Hispaenergy del Cerrato, S.A., para el proyecto de instalación de una planta para la producción de biodiesel, en el término municipal de Herrera de Valdecañas (Palencia).

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 11/2003 de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León, se hace pública, para general conocimiento, la Autorización Ambiental a HISPAENERGY DEL CERRATO, S.A., para el proyecto de instalación de una planta para la producción de biodiesel, en el término municipal de Herrera de Valdecañas (Palencia) que figura como Anexo a esta Resolución.

Valladolid, 31 de mayo de 2007.

El Director General de Calidad Ambiental,

Fdo.: JOSÉ ANTONIO RUIZ DÍAZ ANEXO A LA RESOLUCIÓN ORDEN DE 23 DE MAYO DE 2007,

DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE,

POR LA QUE SE CONCEDE AUTORIZACION AMBIENTAL A HISPAENERGY DEL CERRATO S.A.,

PARA EL PROYECTO DE INSTALACIÓN DE UNA PLANTA PARA LA PRODUCCIÓN DE BIODIESEL,

EN ELTÉRMINO MUNICIPALDE HERRERADEVALDECAÑAS (PALENCIA) Vista la solicitud de autorización ambiental formulada por HISPAENERGY DEL CERRATO S.A., para el Proyecto de Instalación de una planta de producción de biodiesel, en el término municipal de Herrera de Valdecañas (Palencia) y teniendo en cuenta los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO Primero. Con fecha 20 de abril de 2006, D. José Fernando Primo Cavia y D. Miguel Ángel Navarrete Villanueva, en nombre y representación de HISPAENERGY DEL CERRATO S.A., con C.I.F A-34224923, presentan solicitud de autorización ambiental para el Proyecto de una planta de producción de biodiesel, en el término municipal de Herrera de Valdecañas (Palencia). El Anexo I de esta Orden contiene una descripción de la instalación.

Segundo. A dicha solicitud se acompañó la siguiente documentación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación.

  1. Proyecto Básico de planta de producción de biodiesel suscrito por el Ingeniero Industrial D. Juan José Gómez Soto, y visado por el Colegio de Ingenieros Técnicos Industriales de Burgos y Palencia.

  2. Estudio de Impacto Ambiental redactado por el equipo homologado n.º TEI-1998046440.

    Posteriormente, en marzo de 2007 se presentó documentación adicional que fue incorporada al expediente.

    Tercero. Consta en el expediente administrativo, informe del Ayuntamiento de Herrera de Valdecañas acreditativo de la compatibilidad de la actividad con la normativa urbanística municipal de fecha 3 de abril de 2006, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León.

    Cuarto. La Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Palencia, al amparo de lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, y en el artículo 14 de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León, acuerda someter conjuntamente, al trámite de información pública la solicitud de autorización ambiental y el estudio de impacto ambiental, mediante anuncio publicado en el 'Boletín Oficial de Castilla y León' n.º 81, de 27 de abril de 2006 y exposición pública en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, no habiéndose presentado alegaciones durante dicho trámite.

    Quinto. Concluido el período de información pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención y Control Ambiental de Castilla y León, la Secretaría de la Comisión Territorial de Prevención Ambiental de Palencia solicita informe a los siguientes órganos:

  3. Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo: No se emite informe.

  4. Dirección General de Calidad Ambiental: Mediante oficio de 15/07/2006 se requiere documentación.

  5. Servicio Territorial de Sanidad y Bienestar Social: se emite informe favorable.

    Sexto. En cumplimiento del artículo 16 de la Ley 11/2003, de 8 de abril, el Ayuntamiento de Herrera de Valdecañas, emite informe con fecha 20 de noviembre de 2006 sobre la actividad analizada, manifestando que la instalación se adecúa a todos los aspectos que son de su competencia.

    Séptimo. De acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 11/2003, de 8 de abril, la Secretaría de la Comisión Territorial de Prevención Ambiental de Palencia solicita informe a la Confederación Hidrográfica del Duero con fecha 19 de junio de 2006. La Confederación Hidrográfica del Duero emite informe con fecha 16 de agosto de 2006.

    El contenido del informe se recoge en el Anexo III.

    Octavo. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 18 de la Ley 11/2003, de 8 de abril, la Secretaría de la Comisión Territorial de Prevención Ambiental de Palencia, realizó el trámite de audiencia a interesados, no habiéndose presentado alegaciones durante dicho trámite.

    Noveno. De acuerdo con lo establecido en el artículo 19 de la Ley 11/2003, de 8 de abril, a la vista del resultado del trámite de información pública, de los informes emitidos y del resultado del trámite de audiencia a los interesados, la Comisión Territorial de Prevención Ambiental de Palencia, en su reunión celebrada el 29 de marzo de 2007 elabora la correspondiente propuesta de autorización ambiental.

    Décimo. Mediante Resolución de 22 de junio de 2006, de la Secretaría General de la Consejería de Medio Ambiente, se hace pública la Declaración de Impacto Ambiental sobre el proyecto de instalación de un planta de biodiesel en el término municipal de Herrera de Valdecañas, promovido por HISPAENERGY DEL CERRATO, S.A. ('B.O.C. y L.' n.º 126, de 30 de junio de 2006).

    FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero. La Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, tiene por objeto evitar o, cuando ello no sea posible, reducir y controlar la contaminación de la atmósfera, del agua y del suelo, mediante el establecimiento de un sistema de prevención y control integrados de la contaminación, con el fin de alcanzar una elevada protección del medio ambiente en su conjunto.

    Segundo. El expediente se ha tramitado según lo establecido en la Ley 16/2002, de 1 de julio y en la Ley 11/2003, de 8 de abril.

    Tercero. El titular de la Consejería de Medio Ambiente, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 20 de la Ley 11/2003, de 8 de abril, es el órgano administrativo competente para resolver sobre la autorización ambiental en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León.

    Cuarto. Se someterán al régimen de autorización ambiental las instalaciones que se relacionan en el Anejo I de la Ley 16/2002, de 1 de julio de Prevención y Control Integrados de la Contaminación y en el Anexo I de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León.

    El proyecto está recogido expresamente en el Anejo 1, punto 4.1 de la Ley 16/2002, de 1 de julio: 'instalaciones químicas para la fabricación de productos químicos orgánicos de base, en particular: b) hidrocarburos oxigenados, tales como alcoholes, aldehídos, cetonas, ácidos orgánicos, ésteres, acetatos, éteres, peróxidos, resinas, epóxidos'.

    Asimismo, el proyecto reseñado fue sometido al procedimiento de evaluación de impacto ambiental al estar incluido en el Anexo I, Grupo 5, apartado a) 1.ª 'instalaciones químicas integradas, es decir, instalaciones para la fabricación a escala industrial de sustancias mediante transformación química, en las que se encuentran yuxtapuestas varias unidades vinculadas funcionalmente entre sí, y que se utilizan para la producción de productos químicos orgánicos básicos' del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo.

    VISTOS Los Antecedentes de Hecho mencionados, la normativa relacionada en los Fundamentos de Derecho y las demás normas de general aplicación:

    RESUELVO Primero. Conceder autorización ambiental a la empresa HISPAENERGY DEL CERRATO, S.A., con C.I.F. A-34224923, para proyecto de instalación de una planta de biodiesel, en las parcelas n.º 3 y 4 del polígono 501, en el término municipal de Herrera de Valdecañas (Palencia).

    La validez de la autorización queda supeditada al cumplimiento de las obligaciones derivadas de la normativa medioambiental que resulten de aplicación, y a los condicionantes técnicos que se recogen en los Anexos que se relacionan, con independencia del cumplimiento del resto de la normativa sectorial.

    Los Anexos mencionados en el párrafo anterior, que a todos los efectos formarán parte de la presente Orden, son los siguientes:

Anexo I Descripción de la instalación.
Anexo II Condicionado Ambiental.
Anexo III Informe del Organismo de Cuenca.
Anexo IV Metodología de mediciones y ensayos.

Segundo. La autorización ambiental integra:

· La Declaración de Impacto Ambiental publicada con fecha 30 de junio de 2006.

· La inscripción en el Registro de Pequeños Productores de Residuos Peligrosos.

· Las determinaciones vinculantes en materia de contaminación atmosférica reguladas en la Ley 38/1972, de 22 de diciembre, de protección del medio ambiente atmosférico.

·...

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