ORDEN PAT/536/2007, de 8 de marzo, por la que se resuelve el concurso específico para la provisión de puestos vacantes reservados al personal funcionario de los Grupos A, B y C de los siguientes Cuerpos: Facultativo Superior (Arquitectos), Superior de la Administración, Gestión de la Administración, Gestión de la Administración Económico-...

SecciónIII - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Presidencia y Administracion Territorial
Rango de LeyOrden

ORDEN PAT/536/2007, de 8 de marzo, por la que se resuelve el concurso específico para la provisión de puestos vacantes reservados al personal funcionario de los Grupos A, B y C de los siguientes Cuerpos:

Facultativo Superior (Arquitectos), Superior de la Administración,

Gestión de la Administración, Gestión de la Administración Económico-Financiera y Administrativo, en la Consejería de Educación.

Por Orden PAT/1277/2006, de 26 de julio, publicada en el 'Boletín Oficial de Castilla y León' n.º 148 del 2 de agosto, fue convocado concurso específico para la provisión de los puestos de trabajo vacantes reservados al personal funcionario de los Grupos y Cuerpos citados en el epígrafe.

Finalizado el procedimiento y vista la propuesta de resolución de la Comisión de Valoración, procede publicar la resolución de dicho concurso.

En consecuencia, de conformidad con lo establecido en la base undécima de la convocatoria, esta Consejería,

RESUELVE Primero. Adjudicar los puestos de trabajo contenidos en el Anexo I a la presente Orden, resolviendo el concurso convocado por Orden PAT/1277/2006, de 26 de julio.

Segundo. Los destinos adjudicados tendrán la consideración de voluntarios, y, en consecuencia, no generarán derecho a indemnización por concepto alguno. Asimismo, serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión se hubiera obtenido otro destino definitivo en puesto adscrito al Cuerpo o Escala desde el que se concursa, en cuyo caso, los interesados estarán obligados a comunicar por escrito la renuncia al puesto adjudicado, con indicación de la Consejería o, en su caso, Organismo en que hubieran obtenido el otro destino, así como la forma de provisión y la fecha de nombramiento.

Tercero. La toma de posesión de los nuevos destinos obtenidos deberá efectuarse al día siguiente hábil al del cese si dicho destino radica en la misma localidad o, en el plazo de diez días hábiles siguientes al del cese, si radica en localidad distinta.

Dichos plazos comenzarán a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes a la publicación de esta Orden en el 'Boletín Oficial de Castilla y León'.

El cómputo de los plazos se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que, en su caso, estén disfrutando los interesados.

Cuarto. Quedan...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR