ORDEN FYM/327/2012, de 11 de abril, relativa a la aprobación del deslinde del monte «Pinar de Fuenterrey», n.º 85 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Soria, perteneciente al Ayuntamiento de Quintanas de Gormaz y situado en el término municipal de Quintanas de Gormaz, en la provincia de Soria.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

Examinado el expediente SO-D-72/12, instruido con motivo de la ejecución del deslinde del monte «Pinar de Fuenterrey», n.º 85 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Soria, propiedad del Ayuntamiento de Quintanas de Gormaz y situado en el término municipal de Quintanas de Gormaz, en la provincia de Soria, del cual son los siguientes sus

ANTECEDENTES DE HECHO

  1. Con fecha 20 de mayo de 2009, el Director General del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, autoriza el inicio del deslinde del monte «Pinar de Fuenterrey» n.º 85 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Soria, propiedad del Ayuntamiento de Quintanas de Gormaz y situado en el término municipal de Quintanas de Gormaz.

  2. El comienzo de las operaciones de apeo fue anunciado mediante publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León» n.º 52, de 16 de marzo de 2010, especificándose la fecha y lugar señalados para dicho comienzo. El anuncio fue remitido a los Ayuntamientos de Quintanas de Gormaz, Valdenebro, Bayubas de Abajo, El Burgo de Osma-Ciudad de Osma y Gormaz y a las Entidades y particulares interesados, para su conocimiento y publicación en los tablones de anuncios correspondientes.

  3. Con fecha 17 de marzo de 2010, se envía al Registro de la Propiedad de El Burgo de Osma-Ciudad de Osma mandamiento de anotación de nota marginal del deslinde en la finca perteneciente al monte. Dicha finca figura con los siguientes datos en el Registro Tomo 883, libro 16, folio 85, finca 1580. El registro practicó dicha anotación con fecha 8 de abril de 2010.

  4. Con fecha 21 de junio de 2010, se recibe informe de la Asesoría Jurídica de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Soria relativa a la eficacia jurídica de la documentación presentada en el plazo previsto para ello en el anuncio del «Boletín Oficial de Castilla y León».

  5. Con fecha 30 de junio de 2010 se realiza el Informe sobre Reconocimiento y Clasificación de fincas o derechos en base a la documentación presentada, en el que se certifica que existen fincas que se encuentre la situación descrita en el grupo C del

artículo 102

del Reglamento de montes (Decreto 485/1962), estimando así que existen indicios de que algunas fincas pudieran pertenecer total o parcialmente al monte.

  1. Las operaciones de deslinde tuvieron lugar los días 14 de julio y 24 de noviembre de 2010, levantándose acta de las operaciones que firmaron los asistentes como prueba de conformidad con lo actuado. Se recorrió el perímetro del monte y se reconocieron 45 enclavados designados desde la letra A hasta la letra N, haciendo constar que existían 5 fincas reconocidas en el Informe emitido por la Asesoría Jurídica, que habían resultado imposibles identificar sobre el terreno, no existiendo una correspondencia con una posible referencia catastral, por lo que se procedería a su ubicación una vez se hubiesen resuelto las posibles reclamaciones en el período de Vista del Expediente.

  2. Una vez finalizada la operación de deslinde, el Ingeniero Operador, con fecha 3 de diciembre de 2010, emite un Informe que contiene todos los antecedentes legales ya reseñados, así como el apeo llevado a cabo, reconociendo una serie de fincas enclavadas en el monte.

  3. En el «Boletín Oficial de Castilla y León» n.º 243, de fecha 20 de diciembre de 2010 se da vista del expediente, concediendo el plazo de un mes para examinar el expediente y presentación de reclamaciones. Su notificación a Entidades e interesados se realizó mediante correo postal con acuse de recibo, en cumplimiento de los artículos 120 y 121 del vigente Reglamento de Montes.

  4. Con fecha 11 de abril de 2011, la Asesoría Jurídica de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Soria, emite un Informe complementario al Informe sobre Calificación de la Eficacia Jurídica y Clasificación de los títulos presentados por los interesados, que se emitió con fecha 21 de junio de 2010.

  5. Durante el plazo legalmente conferido para ello se recibieron ocho alegaciones a dicho expediente. Con fecha 20 de octubre de 2011, la Asesoría Jurídica emite un Informe sobre las reclamaciones planteadas por los interesados. A la vista de este informe, el Jefe del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Soria observa fundamentos para dar por ESTIMADAS las alegaciones formuladas por D.ª Francisca Álvarez Álvarez, D.ª Encarnación Hernando Álvarez, D. Restituto Delgado Romanillos, D.ª M.ª Ángeles Sobrino de Mingo, D. José Antonio y D.ª María Mercedes Alcoceba Gutiérrez y D.ª Ana M.ª Sacristán García, y para dar por DESESTIMADAS las alegaciones formuladas por D. Julián M. Pozueco Álvarez y D. Juan de Mesa Chisvert y D.ª Concepción Gallego Sánchez.

  6. La resolución de estas alegaciones se notificó al Ayuntamiento de Quintanas de Gormaz con fecha 28 de octubre de 2011, para su conocimiento y exposición del Edicto en el Tablón de Anuncios correspondiente durante el plazo de un mes, informando que se iba a proceder al reconocimiento de varias fincas enclavadas dentro del monte público el día 15 de diciembre de 2011. Transcurrido dicho plazo, esta entidad expidió la certificación oficial correspondiente de haberse fijado el anuncio en el Tablón de Anuncios durante el período prescrito, incluyéndose dicha certificación en el presente expediente. Asimismo, se notificó esta resolución a los alegantes con fecha 28 de octubre de 2011. Esta notificación se realizó mediante correo postal con acuse de recibo.

  7. El día 15 de diciembre de 2011 se realizaron las operaciones de reconocimiento de las nuevas fincas, además de reconocer las parcelas que resultaron imposibles identificar sobre el terreno el día 24 de noviembre de 2010. Tras el reconocimiento de los nuevos enclavados, en el Monte Público n.º 85 «Pinar de Fuenterrey» existen 64 enclavados

    designados desde la letra A hasta las letras FF´, firmando un Acta los asistentes en prueba de conformidad con lo actuado o con las manifestaciones consignadas.

  8. Con fecha 15 de febrero de 2012, se remitió copia completa del Expediente de Deslinde del M.U.P. n.º 85 «Pinar de Fuenterrey» al Ayuntamiento de Quintanas de Gormaz, como Entidad Propietaria del monte, para que en el plazo de quince días mostrase su conformidad o reparos al expediente. Con fecha 8 de marzo de 2012, se recibió certificado del Ayuntamiento de Quintanas de Gormaz que se trascribe a continuación: «El Ayuntamiento de Quintanas de Gormaz manifiesta su conformidad con el deslinde del monte 85 "Pinar de Fuenterrey" de Quintanas de Gormaz, así como manifiesta que se ha examinado el proyecto remitido por el Servicio Territorial de Medio Ambiente».

  9. Con fecha 14 de marzo de 2012, el Jefe del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Soria emite un Informe-Propuesta, proponiendo la aprobación del deslinde con los siguientes datos:

    * Provincia: Soria.

    * Número del catálogo: 85.

    * Nombre: «Pinar de Fuenterrey».

    * Partido Judicial: El Burgo de Osma.

    * Término Municipal: Quintanas de Gormaz.

    * Pertenencia: Ayuntamiento de Quintanas de Gormaz.

    * Superficie pública del monte: 1497,388 Ha.

    * Superficie enclavada: 12,322 Ha. Distribuida en 64 enclavados cuyos datos se indican en el Anexo I designados desde la letra A hasta las letras FF´.

    * Superficie de dominio público (carreteras): 9,407 Ha.

    * Superficie Total del monte: 1519,117 Ha.

    * Especies: Pinus pinaster, Pinus nigra y Juniperus thurifera.

    * Servidumbres: No existen dentro del monte salvo las de paso.

    * LÍMITES:

    * Norte: Monte «Pinar» n.º 103 del C.U.P. perteneciente al Ayuntamiento de Valdenebro y situado en el término municipal de Valdenebro.

    * Este: Monte «Pinar» n.º 55 del C.U.P. perteneciente al Ayuntamiento de Bayubas de Abajo y situado en el término municipal de Bayubas de Abajo.

    * Sur: Carretera SO-P-4140; Monte «El Bosque y El Hoyo Redondo» n.º 289 de los del C.U.P. perteneciente al Ayuntamiento de Quintanas de Gormaz y situado en el término municipal de Quintanas de Gormaz; parcelas

    arboladas no concentradas de propiedad particular y del Común de Vecinos de Quintanas de Gormaz; parcelas agrícolas concentradas de propiedad particular.

    * Oeste: Monte «Pinar» n.º 78 del C.U.P. perteneciente al Ayuntamiento de Gormaz y situado en el término municipal de Gormaz; Monte «Valdoco de Lodares» n.º 328 del C.U.P. perteneciente al Ayuntamiento de El Burgo de Osma - Ciudad de Osma y situado en el término municipal de El Burgo de Osma - Ciudad de Osma en su anejo Lodares de Osma.

  10. Con fecha 4 de abril de 2012, el expediente se eleva a la Dirección General del Medio Natural.

  11. La Dirección General del Medio Natural, de conformidad con la Sección de Propiedad Pública del Servicio de Defensa del Medio Natural, formula, con fecha 11 de abril de 2012 la correspondiente propuesta.

    FUNDAMENTOS DE DERECHO

  12. La resolución del presente expediente es competencia de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, en virtud de las transferencias realizadas en materia de conservación de la naturaleza a la Comunidad Autónoma de Castilla y León, mediante el Real Decreto 1504/1984, de 8 de febrero, y los Decretos 2/2011, de 27 de junio del Presidente de la Junta de Castilla y León y Decreto 34/2011, de 7 de julio, de la Junta de Castilla y León, sobre Reestructuración de Consejerías y estructura orgánica de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, respectivamente.

  13. Examinado el Expediente instruido al efecto, se observa el cumplimiento de los requisitos de tiempo y forma exigidos por la normativa vigente aplicable, sin que se aprecien motivos que aconsejen su desaprobación.

  14. El Reglamento de Montes, en sus artículos 82 a 134 determina la forma de ejecutar los deslindes de los montes del Catálogo de Montes de Utilidad Pública.

  15. La Ley 43/2003, de 21 de noviembre y el Reglamento de Montes, establecen una dualidad jurisdiccional (contenciosa administrativa y civil) en el control judicial del deslinde administrativo. Mediante el...

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