ORDEN EDU/451/2006, de 17 de marzo, por la que se convocan pruebas de selección para formar parte de la Joven Banda Sinfónica de Castilla y León (JOBASCyL).

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

ORDEN EDU/451/2006, de 17 de marzo, por la que se convocan pruebas de selección para formar parte de la Joven Banda Sinfónica de Castilla y León (JOBASCyL).

La Orden EDU/1920/2004, de 28 de diciembre, crea la Escuela de Excelencia Musical de la Comunidad de Castilla y León, que tiene como objetivo, entre otros, la formación musical general, individual como solista, camerística y sinfónica del alumnado.

Para la consecución de estos objetivos, el artículo 6 de la citada Orden crea la Joven Orquesta Sinfónica de Castilla y León (JOSCyL) y la Joven Banda Sinfónica de Castilla y León (JOBASCyL), integradas por alumnado que curse el Grado Medio de las enseñanzas musicales en centros de nuestra Comunidad. El apartado 2 del referido artículo expone que la Consejería de Educación convocará pruebas de selección para formar parte de estas agrupaciones en función de sus necesidades.

En su virtud, y en atención a las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, la Consejería de Educación acuerda convocar pruebas de admisión para formar parte de la Joven Banda Sinfónica de Castilla y León (JOBASCyL), con arreglo a las siguientes BASES:

Primera. Objeto.

1.1. El objeto de esta Orden es efectuar convocatoria pública para seleccionar a jóvenes estudiantes de Grado Medio de enseñanzas musicales que formarán parte como instrumentistas de la Joven Banda Sinfónica de Castilla y León (JOBASCyL).

1.2. Las plazas ofertadas en esta ocasión para la referida agrupación musical son las que figuran en el Anexo I de la presente Orden.

Segunda. Naturaleza de la relación: derechos y deberes.

2.1. Los jóvenes seleccionados para formar parte de la Joven Banda tendrán la condición de becarios sin tener derecho a percepción de salario y sin que su condición de miembros de las agrupaciones constituya ningún tipo de relación funcionarial o laboral con la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

2.2. Los jóvenes seleccionados permanecerán en la Joven Banda durante un período máximo de tres cursos consecutivos y cesarán en su condición de miembros al final de este período, en el momento en el que cumplan la edad límite de 22 años, y en los demás supuestos que se establezcan en el reglamento de la referida agrupación sinfónica.

2.3. Los seleccionados para formar parte de la JOBASCyL tendrán los siguientes derechos:

  1. Tomar parte en todas las actividades de la Banda, de acuerdo con sus necesidades.

  2. Recibir el uniforme necesario, en concepto de préstamo, durante el tiempo que dure su pertenencia a la agrupación.

  3. Recibir el abono de los gastos de viaje con motivo de su asistencia a las actividades de la JOBASCyL, previa autorización del Director de la Escuela de Excelencia Musical y la presentación de los oportunos justificantes (billetes de autobús o tren, recibo de taxi etc.) o mediante cálculo de kilometraje al precio establecido por la Administración Regional, cuando la Banda no pueda proporcionar el transporte. En todo caso, en aquellas actividades en que el regreso a la sede de la Banda se produzca a horas no previstas, la JOBASCyL proveerá los medios para el retorno de sus miembros a sus domicilios.

  4. La reposición de cuerdas, cañas y demás accesorios que se deterioren con motivo de su uso en la Banda.

  5. Consultar el archivo de partituras de la Orquesta y Banda, en las condiciones y con las garantías que establezca la organización.

  6. Elegir de forma asamblearia a sus representantes en la Junta de Portavoces, en los términos que se establezcan en el reglamento de esta agrupación.

  7. Recibir, al final de cada curso, una acreditación en la que se indique su condición de miembro de la JOBASCyL, el trabajo desarrollado y las horas realizadas en la misma. En su caso, el certificado hará mención expresa a los cursillos y clases magistrales recibidas con carácter extraordinario al margen de lo previsto en el plan de trabajo anual.

    2.4. Los seleccionados para formar parte de la JOBASCyL tendrán los siguientes deberes, que asumen en el momento de la presentación de la...

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