ORDEN FOM/420/2008, de 13 de febrero, por la que se acuerda conceder la acreditación en el área de control de firmes flexibles y bituminosos en viales al laboratorio de la empresa Investigación y Control de Calidad, S.A., (INCOSA, S.A.), sito en Edificio CEEI, parcela G-8, módulo 1.03, Polígono Industrial, Onzonilla (León).

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Fomento
Rango de LeyOrden

ORDEN FOM/420/2008, de 13 de febrero, por la que se acuerda conceder la acreditación en el área de control de firmes flexibles y bituminosos en viales al laboratorio de la empresa Investigación y Control de Calidad, S.A., (INCOSA, S.A.), sito en Edificio CEEI, parcela G-8, módulo 1.03, Polígono Industrial, Onzonilla (León).

ANTECEDENTES DE HECHO 1. Con fecha 2 de abril de 2007 se registró escrito de D. José Santiago Vega Garrido, en representación de la empresa INVESTIGACIÓN Y CONTROL DE CALIDAD, S.A., (INCOSA, S.A.), en el que solicitaba la concesión de la acreditación del laboratorio de esta empresa sito en Edificio CEEI, parcela G-8, módulo 1.03, Polígono Industrial de Onzonilla (León), en el área de control de firmes flexibles y bituminosos en viales (VSF).

  1. Una vez instruido el expediente correspondiente, relativo a la solicitud de obtención de la acreditación en el área referida en el apartado anterior, se informó favorablemente por la Secretaría General de la Consejería de Fomento, proponiéndose en consecuencia la concesión de la acreditación en el área precitada.

    FUNDAMENTOS DE DERECHO 1. El Decreto 45/2005, de 2 de junio ('B.O.C. y L.' n.º 111 de 9 de junio) en ejercicio de las competencias otorgadas a la Consejería de Fomento por la legislación que se cita en su preámbulo aprobó las disposiciones reguladoras de la acreditación de Laboratorios de Ensayos para el Control de Calidad de la Construcción. El artículo 6 de este Decreto establece que la concesión, renovación o cancelación de las acreditaciones corresponden al Consejero de Fomento, a propuesta del Secretario General de la Consejería.

  2. Por otra parte, la disposición final segunda del Decreto 45/2005 faculta al Consejero de Fomento para dictar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo y ejecución del mismo. Así, por Orden FOM/757/2005, de 10 de junio ('B.O.C. y L.' n.º 112 de 10 de junio) se aprobaron las disposiciones reguladoras comunes y específicas de la acreditación de Laboratorios de Ensayos para el Control de Calidad de la Construcción en las distintas áreas técnicas de acreditación, que resultan de aplicación para resolver la solicitud de la acreditación en el área mencionada en los Antecedentes de Hecho.

  3. Habiendo resultado acreditado durante la instrucción del expediente el cumplimiento de las...

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