DECRETO 14/2000, de 20 de enero, por el que se fijan las cantidades retributivas par el año 2000 del personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Presidencia y Administracion Territorial
Rango de LeyDecreto

DECRETO 14/2000, de 20 de enero, por el que se fijan las cantidades retributivas par el año 2000 del personal al servicio de la Adminis tración de la Comunidad deCastilla y León.

La Ley 7/1999, de 27 de diciembre, dePresupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2000, establece, en su artículo 20, que las retribuciones íntegras del personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, aplicadas en las cuantías y de acuerdo con los regímenes retributivos vigentes, no podrán experimentar un incremento global superior al 2 por ciento con respecto a las de 1999, en términos de homogeneidad para los dos períodos de comparación, tanto por lo que respecta a efectivos de personal, como a la antigüedad del mismo.

Al mismo tiempo, en virtud del Real Decreto 1340/1999, de 31 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Castilla y León en materia de enseñanza no universitaria, el personal objeto de la citada transferencia ha pasado a depender, desde el 1 de enero del año 2000, de la Comunidad.

Por otra parte, el Acuerdo de la Mesa General de Negociación de 7 de agosto de 1996, aprobado por la Junta de Castilla y León el 22 de agosto del mismo año, suscrito entre representantes de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de las Centrales Sindicales CC.OO.,

U.G.T., U.S.C.A.L. y C.S.I.F. referente al colectivo de personal funcionario de la Escala de Guardería, ha sido, a su vez, desarrollado por un nuevo Acuerdo suscrito el 8 de octubre de 1999 en Mesa General de Negociación, que culmina el anterior.

A su vez, el Decreto 280/1998, de 23 de diciembre, por el que se establecen reglas para la introducción del euro en la Administración de la Comunidad de Castilla y León persigue como finalidad la de conseguir que el proceso de introducción de la moneda única sea lo menos traumática posible, realizándose de acuerdo con los principios determinados por las disposiciones comunitarias y estatales dictadas al efecto y los objetivos fijados por el Plan de introducción del euro en la Administración de Castilla y León. Por ello, de conformidad con el artículo 3.º del Decreto 280/1998 y a título informativo, se han incluido en los Anexos del presente Decreto el importe equivalente en euros a los importes expresados en la unidad de cuenta peseta.

En su virtud, y en aplicación de los artículos 11 y 12 del Texto Refundido de la Ley de Ordenación de la Función Pública y de la Disposición Final Segunda de la Ley 7/1999, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad deCastilla y León para el año 2000, y a propuesta conjunta de las Consejerías de Presidencia y...

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