ORDEN EYE/1542/2008, de 19 de agosto, por la que se crea y regula el fichero de datos de carácter personal de solicitantes de ayudas destinadas al fomento del empleo de personas con discapacidad y en situación o riesgo de exclusión social.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyOrden

ORDEN EYE/1542/2008, de 19 de agosto, por la que se crea y regula el fichero de datos de carácter personal de solicitantes de ayudas destinadas al fomento del empleo de personas con discapacidad y en situación o riesgo de exclusión social.

La política de empleo de la Junta de Castilla y León tiene entre sus objetivos la integración laboral de colectivos con especiales dificultades para el acceso al mercado de trabajo.

Mediante Real Decreto 832/1995, de 30 de mayo, se procedió al traspaso a la Comunidad Autónoma de Castilla y León de la gestión de los programas de apoyo al empleo, entre los que se encuentra el de integración laboral de minusválidos en Centros Especiales de Empleo y empleo autónomo.

Se convocan mediante Orden de la Consejería de Economía y Empleo ayudas destinadas a la integración laboral de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo, así como ayudas destinadas a la contratación de este colectivo en la empresa ordinaria.

Para la tramitación de estas ayudas, es necesaria la creación de ficheros informatizados que ayuden a su tramitación y explotación de datos.

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposiciones de carácter general publicadas en el Diario Oficial correspondiente.

El Decreto 11/2003, de 23 de enero, por el que se regulan los ficheros de datos de carácter personal, susceptibles de tratamiento automatizado de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, establece que la creación, modificación y supresión de los ficheros de datos de carácter personal incluidos en el ámbito de aplicación de la LO 15/1999, de 13 de diciembre, se realizará, previo informe, sobre las Medidas de Seguridad de los Ficheros, de la Dirección General de Telecomunicaciones de la Consejería de Fomento, por Orden de la Consejería competente por razón de la materia.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 26 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR