Orden EYE/1697/2003, de 15 de diciembre, por la que se convocan subvenciones para el año 2004, cofinanciadas con FONDOS FEDER, para proyectos de energía solar térmica, fotovoltaica y eólica-fotovoltaica no conectada a red, dentro del Plan Solar de Castilla y León: Líneas I y II. (Códigos REAY IND 020 - N 218/2002).

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyOrden

ORDEN EYE/1697/2003, de 15 de diciembre, por la que se convocan sub venciones para el año 2004, cofinanciadas con FONDOS FEDER, para proyectos de energía solar térmica, fotovoltaica y eólica-foto voltaica no conectada a red, dentro del Plan Solar de Castilla y León:

Líneas I y II. (Códigos REAY IND 020 - N 218/2002).

Desde el año 1989 la Junta de Castilla y León ha venido aprobando convocatorias anuales de ayudas a acciones, cuyo objetivo es el fomento y la potenciación del uso racional de la energía y las energías renovables.

Líneas de ayudas que se establecen como consecuencia de la política implantada por la Ley 82/1980, de 30 de diciembre, de Conservación de la Energía, en la que se recoge una normativa de apoyo a acciones de aprovechamiento energético en general.

El Plan de Fomento de las Energías Renovabl e s , ap robado en Consejo de M i n i s t ros de 30 de diciembre de 1999 para el período 2000-2010, re c oge los p rincipales elementos y orientaciones para la articulación de una estrat egi a que impulse un crecimiento de las energías re n ovabl e s , de fo rma que perm ita cubrir el mencionado 12% del consumo de energía pri m a ria en España en el año 2010, o b j e t ivo señalado en la Ley 54/1997, del Sector Eléctri c o .

En este marco, el objetivo global esta blecido para España, dentro del campo de la energía solar, es tener un total de 4, 5 millones de m2 con instalaciones térmicas, y 135 MWp con equipos fotovoltaicos instalados en el año 2010.

La Junta de Castilla y León, ha desarrollado una serie de programas que se integran en el 'Plan Solar de Castilla y León', cuyo objetivo final es articular un conjunto de actuaciones que impliquen de forma directa al conjunto de sectores relacionados con esta tecnología (Administración Fab ri c a n t e s - I n s t a l a d o re s - U s u a rios finales-Entidades fi n a n c i e ras y Otra s instituciones), que permitan aumentar de un modo estable su demanda, tratando de optimizar los procedimientos que hasta ahora han existido, así como fortalecer a las empresas instaladoras de energía solar, siempre bajo la premisa de la satisfacción de los usuarios.

Hay que señalar que las actuaciones que se contemplan en esta convocatoria de ayudas, están cofinanciadas con fondos FEDER a través del Programa Operativo Integrado de Castilla y León 2000-2006, de acuerdo con las medidas 6.9 'Energías renovables, eficacia y ahorro energético' y 6.10 'Ayudas a la eficacia y ahorro energético de las empresas'.

Por todo ello, de confo rmidad con la Orden de 15 de diciembre de 1997, de la Consejería de Industri a , C o m e rcio y Tu ri s m o , por la que se ap ru eban las n o rmas para la concesión de subve n c i o n e s , se convoca el programa de ay udas para distintos benefi c i a rios que realicen proyectos de energía solar térm ic a , fo t ovoltaica y eólico-fo t ovoltaica no conectada a re d, d e n t ro del Plan Solar de Castilla y León, a realizar durante el año 2004.

En consecuencia, teniendo en cuenta lo establecido en la Ley 7/1986, de 23 de diciembr e, de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, y en virtud de las atribuciones que tengo conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, así como por el Decreto 2/2003, de 3 de julio del Presidente de la Junta de Castilla y León, de reestructuración de Consejerías y el Decreto 73/2003, de 17 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Empleo,

DISPONGO:

A rtículo 1.º Convo c at o ria y establecimiento de las Bases Reg u l a d o ra s .

Se convocan y establecen las Bases Reguladoras, de la presente Convocatoria, que regirán la concesión de las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para el año 2004, en relación a las acciones encuadradas en las áreas técnicas de energía solar térmica, solar fotovoltaica y eólico-fotovoltaica sin conexión a red.

Artículo 2 º Procedimiento de tramitación.

El procedimiento de tramitación de estas subvenciones será el fijado en el Decreto 127/1997, de 12 de junio, por el que se establecen las norm a s re l at ivas a la autorización del gasto correspondiente a las ayudas a los proyectos de electri ficación ru ral y a proyectos de ahorro , s u s t i t u c i ó n , d ive rs i ficación energ é t i c a , uso racional de la energía y energías re n ovables y en la O rden de 15 de diciembre de 1997, de la Consejería de Industri a , C o m e rc i o y Tu ri s m o , por la que se establecen normas para la concesión de subve n c i on e s , así como con el Convenio de Colab o ración que, a tal efe c t o , se ha establecido con el Ente Público Regional de la Energía de Castilla y León ( E R E N ) , en fe cha 13 de diciembre de 2000.

A rtículo 3.º Concepto pre s u p u e s t a ri o , gasto y límite de concesión.

El límite cuantitat ivo previsto en el 'Decreto 127/1997, de 12 de junio, por el que se establecen las normas relativas a la autorización del gasto correspondiente a las ayudas a los proyectos de electrificación rural y a proyectos de ahorro, sustitución,diversificación energética, uso racional de la energía y energías renovables', será para la presente convocatoria de 6.228.909 euros.

El gasto se financiará con cargo a las aplicaciones y en las cuantías que a continuación se indican, del ejercicio 2004 o las equivalentes de ejercicios posteriores en los que se tramite la aprobación del gasto.

La financiación realizada con los FONDOS FEDER, asciende, al 60% de dichas cuantías para las subvenciones concedidas a las empresas, y al 50%, para el resto de beneficiarios.

Programa Aplicación Presupuestaria Cuantía de gasto a financiar(euros)

Plan solar 08.04.542.A04.76010 540.276

Plan solar 08.04.542.A04.77002 3.567.552

Plan solar 08.04.542.A04.78007 2.121.081

Totales: 6.228.909

Artículo 4 Aplicación de las previsiones contenidas en la Ley de Presupuestos Generales.

Las previsiones contenidas en la Ley de Presupuestos Generales de la C o munidad de Castilla y León para el año 2004, y en part i c u l a r, las re fe ri d a s a créditos, a n t i c i p o s , e t c. , resultarán de aplicación a la presente convo c at o ri a .

Artículo 5 º Marco de las ayudas para las empresas.

El Marco norm at ivo en que se encuadran estas ay u d a s , cuando el beneficiario sea una empresa es el regulado en las Directrices Comunita rias sobre ayudas estatales a favor del medio ambiente. (Documento 2001/c 37/03 'D.O.C.E.' de 3 de febrero de 2001).

Por comunicación de la Secretaría General de la Comisión Europea, de fecha 9 de octubre de 2002, se autoriza la Ayuda Estatal n.º N 218/2002 España (Castilla y León)- Ayudas al fomento de la energía solar térmica, fotovoltaica y eólico-fotovoltaica no conectada a red y cuyo plazo de validez se extingue el año 2006.

En todo caso, se tendrán en cuenta las normas y criterios de la Unión Europea vigentes para los sectores de siderurgia, automovilismo, transporte, fibras sintéticas, textil, confección, sector agrario y cualquier otro que pueda ser considerado igualmente sensible.

Artículo 6 º Compatibilidad de las ayudas.

Las ayudas que puedan obtener los solicitantes al amparo de la presente convocatoria, son compatibles con las ayudas que otras Administraciones o Entes Públicos o privados presten para el mismo objeto o fi n a l i d a d, d e n t ro del marco contemplado en el artículo anteri o r, hasta los límites establecidos en las Bases Reg u l a d o ras de esta Orden y de acuerdo con lo establecido en la Disposición Adicional Primera de esta Orden.

Artículo 7 º Delegación de competencias.

Se delega en el Director General de Energía y Minas la competencia para re s o l ver las solicitudes de subvenciones presentadas al amparo de la pre s e n t e O rd e n , de acuerdo con lo previsto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de nov i e m b re, de Régimen Jurídico de las A d m i n i s t raciones Públicas y del P rocedimiento A d m i n i s t rat ivo común, y en el A rtículo 48 de la Ley 3/2001, de Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

DISPOSICIONES ADICIONALES

Primera. Las solicitudes de ayudas presentadas a esta convocatoria, presuponen la renuncia expresa de las ayudas solicitadas o concedidas p a ra el mismo proyecto o actuación, al amparo de la Orden de 5 de diciembre de 2002, de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo, por la que se convocan subvenciones para proyectos de energía solar térm i c a , fo t ovoltaica y eólico-fo t ovoltaica no conectada a re d, d e n t ro del Plan Solar de Castilla y León: Líneas I y II.

S egunda. Con cargo a los créditos consignados a la presente convo c at oria podrán imputarse los expedientes de gasto re l at ivos a subvenciones procedentes de ejercicios anteri o res que tuvieran por objeto proyectos de energ í a solar y que se liquiden durante la vigencia de la presente convo c at o ri a .

Suplemento al N.º 247 Lunes, 22 de diciembre 2003 231

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Se faculta al Director General de Energía y Minas para dictar cuantas instrucciones sean precisas para la ejecución y cumplimiento de esta Orden.

Segunda. Esta Orden producirá efectos al día siguiente de su publicación en el 'Boletín Oficial de Castilla y León'.

Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr.

Consejero de Economía y Empleo en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las...

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