Orden EYE/1676/2003, de 15 de diciembre, por la que se convocan las subvenciones del año 2004, cofinanciadas por FONDOS FEDER, para acciones de Ahorro, Eficiencia Energética, Cogeneración y Energías Renovables. (Código REAY IND 012) (N 219/2002).

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyOrden

ORDEN EYE/1676/2003, de 15 de diciembre, por la que se convocan las s u bvenciones del año 2004, c o financiadas por FONDOS FEDER, p a ra acciones de A h o rro , E ficiencia Energ é t i c a , C oge n e ración y Energías Renovables. (Código REAY IND 012) (N 219/2002).

Desde el año 1989 la Junta de Castilla y León ha venido ap robando convocatorias anuales de ayudas a acciones, cuyo objetivo es el fomento y la potenciación del uso racional de la energía y las energías re n ovabl e s .

Estas líneas de ayudas son consecuencia de la política implantada por la Ley 82/1980, de 30 de diciembre, de Conservación de la Energía, en la que se establecía una normativa de apoyo a acciones de aprovechamiento energético en general.

La Ley 54/1997, de 27 de nov i e m b re del Sector Eléctri c o , e s t ablece que, mediante planes de ahorro y eficiencia energética se podrán potenciar acciones encaminadas a optimizar rendimientos en los procesos de tra n s fo rm ación de la energ í a , y mejorar el rendimiento o sustituir el tipo de combustible, en empresas o sectores de alto consumo energético, a tenor de los intereses a nivel nacional.

El Plan de Fomento de las Energías Renovabl e s , ap robado en Consejo de M i n i s t ros de 30 de diciembre de 1999 para el período 2000-2010, re c oge los p rincipales elementos y orientaciones para la articulación de una estrat egi a que impulse un crecimiento de las energías re n ovabl e s , de fo rma que perm ita cubrir el mencionado 12% del consumo de energía pri m a ria en España en el año 2010, o b j e t ivo señalado en la Ley 54/1997, del Sector Eléctrico. Pa ral e l a m e n t e, el Plan señala la necesidad de imprimir un nu evo impulso a las políticas de ahorro y eficiencia energ é t i c a , sin las cuales el objetivo señalado sería difícil de alcanzar.

A su vez, el mencionado Plan esta blece y garantiza la participación de las Comunidades Autónomas en la consecución de los objetivos previstos, contemplando la aportación y el apoyo financiero por parte de éstas.

La ex p e riencia obtenida a lo largo de estos últimos años, a través de las ayudas destinadas a acciones pro m ovidas en Castilla y León, y la re d a c c i ó n del Plan de A h o rro y Eficiencia Energética 2002-2007 para esta Comu n i d a d Autónoma aconseja mantener su continu i d a d, con las actualizaciones pre c is a s , p a ra dar respuesta a las ex p e c t at ivas que se van creando en el campo de la energía y que re q u i e ren un ap oyo público para su financiación.

Además, este tipo de ayudas está en consonancia con la 'Estrategia de a h o rro y eficiencia energética en España 2004-2012' prevista por el Ministerio de Economía.

La presente orden establece la convo c at o ria anual de subve n c i o n e s destinadas a apoyar las acciones de ahorro, eficiencia energética, cogeneración y energías re n ovabl e s , que se realicen a lo largo del año 2004.

Las actuaciones que se contemplan en esta convo c at o ria de ayudas cuando los benefi c i a rios son empre s a s , están cofinanciadas con fondos FEDER a t ravés del Programa Operat ivo Integrado de Castilla y León 2000-2006, d e a c u e rdo con las medidas 6.9 'Energías re n ovabl e s , e ficacia y ahorro energ ético' y 6.10 'Ayudas a la eficacia y ahorro energético a las empre s a s ' .

Por todo ello, de confo rmidad con la Orden de 15 de diciembre de 1997, de la Consejería de Industri a , C o m e rcio y Tu ri s m o , por la que se ap ru eban las n o rmas para la concesión de subve n c i o n e s , se convoca el Programa de ay udas para las acciones que conlleven el uso racional y eficiente de la energía y e n e rgías re n ovables y se regula a través de la presente Orden.

En consecuencia, teniendo en cuenta lo establecido en la Ley 7/1986, d e 23 de diciembre, de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, y en v i rtud de las at ri buciones que tengo confe ridas por la Ley 3/2001, de 3 de j u l i o , del Gobierno y de la A d m i n i s t ración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, así como por los Decretos 2/2003, de 3 de julio y 3/2203, d e 9 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, s o b re re e s t ru c t u ración de Consejerías y el Decreto 73/2003, de 17 de julio, por el que se establece la estru c t u ra orgánica de la Consejería de Economía y Empleo,

DISPONGO:

A rtículo 1.º­ Convo c at o ria y establecimiento de las Bases Reg u l a d o ra s .

Se convocan y esta blecen las Bases Reguladoras de la presente Convocatoria, que r egirán la concesión de las subvenciones en concurrencia competitiva para el año 2004, en relación a las acciones de Ahorro y Eficiencia Energética, Cogeneración y Energías Renovables que se enumeran explícitamente en la Base Reguladora segunda.

Artículo 2 º­ Procedimiento de tramitación.

El procedimiento de tramitación de estas subvenciones será el fijado en el Decreto 127/1997, de 12 de junio, por el que se establecen las normas relativas a la autorización del gasto correspondiente a las ayudas a los p royectos de electri ficación ru ral y a proyectos de ahorro , s u s t i t u c i ó n , diversificación energética, uso racional de la energía y energías renovables y en la Orden de 15 de diciembre de 1997, de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo, por la que se establecen normas para la concesión de subvenciones, así como el Convenio de Colaboración que, a tal efecto, se ha establecido con el Ente Público Regional de la Energía de Castilla y León (EREN), en fecha 13 de diciembre de 2000.

Artículo 3 º­ Concepto presupuestario y gasto.

El límite cuantitat ivo previsto en el 'Decreto 127/1997, de 12 de junio, por el que se establecen las normas re l at ivas a la autorización del gasto corre spondiente a las ayudas a los proyectos de electri ficación ru ral y a proye c t o s de ahorro , s u s t i t u c i ó n , d ive rs i ficación energ é t i c a , uso racional de la energía y e n e rgías re n ovabl e s ' , será para la presente convo c at o ria de 5.043.270 euro s .

El gasto se financiará con cargo a las aplicaciones y en las cuantías que a continuación se indican, del ejercicio 2004 o las equivalentes de ejercicios posteriores en los que se tramite la aprobación del gasto:

La financiación realizada con los FONDOS FEDER, asciende, al 60 % de dichas cuantías para las subvenciones concedidas a las empresas, y al 50 %, para el resto de beneficiarios.

Programa Aplicación Presupuestaria Cuantía de gasto a financiar (euros)

Ahorro, diversificación energética y energías renovables. 08.04.542.A04.760.08 530.232

Ahorro, diversificación energética y energías renovables. 08.04.542.A04.770.47 1.820.661

Ahorro, diversificación energética y energías renovables. 08.04.542.A04.780.13 2.692.377

TOTAL: 5.043.270

Artículo 4 º­ Aplicación de las previsiones contenidas en la Ley de Presupuestos Generales.

Las previsiones contenidas en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León del ejercicio entrante, y en particular, las referidas a créditos, anticipos, etc., resultarán de aplicación a la presente convocatoria en el momento de su entrada en vigor.

Artículo 5 º­ Marco de las ayudas para las empresas.

El Marco norm at ivo en que se encuadran estas ayudas cuando el benefic i a rio sea una empre s a , es el regulado en las Dire c t rices Comu n i t a rias sobre ayudas estatales a favor del medio ambiente, (Documento 2001/C 37/03 'D.O.C.E.' de 3 de f ebrero de 2001).

Por comunicación de la Secretaría General de la Comisión Euro p e a , d e fe cha 22 de octubre de 2002, se autoriza la Ayuda Estatal n.º N 219/2002 ­España (Castilla y León). Ayudas para acciones de ahorro, eficiencia energética, cogeneración y energías renovables, y cuyo plazo de validez se extingue el año 2006.

En todo caso, se tendrán en cuenta las normas y criterios de la Unión Europea vigentes para los sectores de siderurgia, automovilismo, transporte, fibras sintéticas, textil, confección, sector agrario y cualquier otro que pueda ser considerado igualmente sensible.

Artículo 6 º­ Compatibilidad de las ayudas.

Las ayudas que puedan obtener los solicitantes al amparo de la presente convocatoria, son compatibles con las ayudas que otras Adminis

Suplemento al N.º 247 Lunes, 22 de diciembre 2003 9

traciones o Entes Públicos o privados presten para el mismo objeto o finalidad, dentro del marco contemplado en el artículo anterior hasta los límites establecidos en las Bases Reguladoras de esta Orden.

Artículo 7 º­ Delegación de competencias.

Se delega en el Director General de Energía y Minas la competencia para resolver las solicitudes de subvenciones presentadas al amparo de la presente Orden.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Las solicitudes de ayudas presentadas a esta convocatoria, presuponen la renuncia expresa de las ayudas solicitadas o concedidas para el mismo proyecto o actuación, al amparo de la Orden de 5 de diciembre de 2002, de la Consejería de Industria...

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