ORDEN EDU/818/2008, de 21 de mayo, por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Bachillerato de la Comunidad de Castilla y León correspondientes al curso académico 2007/2008

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

ORDEN EDU/818/2008, de 21 de mayo, por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Bachillerato de la Comunidad de Castilla y León correspondientes al curso académico 2007/2008.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en su artículo 1.g) como uno de los principios inspiradores del sistema educativo el esfuerzo individual y la motivación del alumnado.

Mediante Orden Ministerial de 13 de diciembre de 1999 se crearon los Premios Nacionales de Bachillerato como reconocimiento oficial de los méritos de los alumnos, basados en el esfuerzo y en el trabajo, que demuestran una especial preparación en los estudios de Bachillerato con excelente rendimiento académico, y se establecen los requisitos para su concesión.

El apartado tercero de la citada Orden establece que las Administraciones Educativas competentes podrán convocar y conceder Premios Extraordinarios de Bachillerato en sus ámbitos territoriales respectivos.

La Consejería de Educación de la Comunidad de Castilla y León, consciente del valor de los reconocimientos dentro de los actuales sistemas de gestión orientados a la consecución de la Excelencia, también pretende estimular, a través de estos premios, la labor de aquellos centros que integran en sus proyectos educativos la preocupación por el progreso de los resultados académicos de su alumnado como reflejo de una organización implicada en la mejora permanente.

Por lo expuesto, y en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, se acuerda convocar los Premios Extraordinarios de Bachillerato de la Comunidad de Castilla y León correspondientes al curso académico 2007/2008, con arreglo a las siguientes BASES:

Primera. Objeto.

1.1. La presente Orden tiene por objeto convocar los Premios Extraordinarios de Bachillerato de la Comunidad de Castilla y León correspondientes al curso académico 2007/2008.

1.2. En cada provincia podrá concederse un Premio Extraordinario de Bachillerato por cada mil alumnos, o fracción superior a quinientos, matriculados en segundo curso de Bachillerato en el curso 2007/2008. En las provincias en las que el número de alumnos matriculados en el curso indicado sea inferior a quinientos, podrá concederse un Premio Extraordinario.

Segunda. Participantes.

2.1. Podrán optar al Premio Extraordinario de Bachillerato cuantos alumnos, inclusive los matriculados en la modalidad de enseñanza a distancia, estén actualmente matriculados en centros públicos o privados del ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León y reúnan los siguientes requisitos:

  1. Haber finalizado los estudios de segundo curso del Bachillerato en el curso académico 2007/2008.

  2. Haber obtenido una calificación media igual o superior a 8, 75 puntos en las calificaciones de los dos cursos de cualquiera de las modalidades del Bachillerato.

La calificación media, a estos efectos, será la media aritmética de las notas del conjunto de materias cursadas por el alumno, teniendo en cuenANEXO GASTOS DE MANTENIMIENTO DE GUARDERÍAS INFANTILES LABORALES PROGRAMA 231B06 PROMOCIÓN Y APOYO A LA FAMILIA

ta, exclusivamente, las calificaciones...

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